Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - Relación jurídica entre hijastro y madrastra

Relación jurídica entre hijastro y madrastra

Análisis jurídico: 1. Tipo de nombre

El tipo de nombre es una relación padrastro-hijo, es decir, los hijastros no han sido criados y educados por su padrastro o madrastra, ni han cumplido con sus obligaciones de apoyo y apoyo a su padrastro o madrastra. Sólo los padrastros y los hijos tienen títulos externos, y ambas partes no tienen derechos ni obligaciones sustanciales.

La única relación entre padres e hijos es la de suegros. Esta relación se establece o termina automáticamente por la existencia de una relación matrimonial entre los padres biológicos del hijastro y los padrastros. Debido a que esta forma de relación padrastro-hijo es sólo nominal porque uno de los padres se vuelve a casar, los hijastros sólo tienen derecho a heredar la propiedad de sus padres biológicos, pero no la propiedad del padrastro.

En segundo lugar, el tipo de acogimiento

La relación de acogimiento entre padrastros e hijos significa que los hijastros viven con su padrastro o madrastra, quien los educa.

En tercer lugar, tipo de adopción

La relación de adopción entre padrastros e hijos significa que el padrastro o la madrastra adopta al hijastro con el consentimiento de los padres biológicos del hijastro.

Base legal: El artículo 1072 de la "Ley Civil de la República Popular China" estipula que no habrá abuso ni discriminación entre padrastros e hijastros. Las disposiciones de esta Ley sobre las relaciones entre padres e hijos se aplicarán a los derechos y obligaciones entre los padrastros o madrastras y sus hijastros que estén siendo criados y educados por ellos.