¿Cuál es el delito de grabar un sello oficial de forma privada y cómo se castiga?
Según el artículo 280 de la Ley Penal:
¡La falsificación de un sello oficial es un delito!
¡Da igual si utilizas el sello oficial o no!
¡Independientemente de que haya consecuencias graves!
¡Mientras se lleve a cabo este tipo de comportamiento, constituye un delito!
El artículo 280 de la Ley Penal tipifica el delito de falsificación, alteración o compraventa de documentos, certificados y sellos oficiales de organismos estatales. El que falsifique, altere, compre o venda documentos, certificados o sellos oficiales de agencias estatales o robe, hurte o destruya documentos, certificados o sellos oficiales de agencias estatales, será sancionado con pena privativa de libertad de no más de tres años, detención penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y también será multado. Si las circunstancias fueran graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también multa. Quien falsifique los sellos de una empresa, empresa, institución pública u organización popular será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión criminal, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y también multa.
Castigo:
¡Generalmente, será sentenciado a una pena de prisión fija de menos de 3 años!
Si las circunstancias son graves, será condenado a una pena de prisión de no menos de 3 años pero no más de 10 años, ¡y también se le impondrá una multa!
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