¿Cuál es el acuerdo sobre islas bajo la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar? Existen muchos tipos de derechos e intereses marítimos, incluidos los derechos de mar territorial y los derechos de zona económica exclusiva. Definición de mar territorial: Según lo dispuesto en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, la anchura máxima del mar territorial desde la línea de base no excede las aguas del mar. La soberanía nacional se extiende al espacio aéreo, a las aguas submarinas, al fondo marino y al subsuelo de las aguas. La zona marítima de cierta anchura desde la costa de un país forma parte del territorio de ese país. El 1 de septiembre, China anunció que la anchura de sus aguas territoriales es de 12 millas náuticas. Según lo dispuesto en la Convención sobre el Mar Territorial y Zona Contigua de 1996, se denomina mar territorial a las áreas marítimas adyacentes a su costa más allá de la soberanía de un país, a su territorio terrestre y a sus aguas interiores. La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar adoptó disposiciones similares en 1996, pero añadió las circunstancias de los estados archipiélagos, la soberanía y las aguas contiguas más allá de las aguas del archipiélago. La soberanía de un país se extiende también a su mar territorial y a su fondo y subsuelo marinos. Mar territorial, antes conocido como agua costera, mar litoral, zona marítima y mar territorial, se refiere a una franja de agua del océano paralela a la costa y con una distancia determinada de ancho. Según el derecho del mar, la definición de mar territorial es: "La soberanía de un país se extiende al territorio terrestre más allá de sus aguas interiores y a la zona marítima adyacente a su costa, denominada mar territorial". las aguas, sino que también incluye el espacio situado sobre el mar territorial y el fondo y subsuelo marinos. La determinación de la "zona marítima" dentro del mar territorial implica la determinación de la línea de base, la anchura y las líneas exteriores del mar territorial. La zona económica exclusiva (ZEE) es un nuevo sistema establecido por la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. La zona económica exclusiva se refiere al área marítima fuera del mar territorial y adyacente al mar territorial medida desde la línea de base del mar territorial. Los países costeros de la región disfrutan de derechos soberanos y otras jurisdicciones sobre sus recursos naturales, y otros países disfrutan de libertad de navegación y sobrevuelo. Sin embargo, dichas libertades deben tener debidamente en cuenta los derechos y obligaciones de los países costeros y cumplir con sus obligaciones bajo los Estados Unidos. Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Leyes y reglamentos establecidos por disposiciones y demás normas del derecho internacional. La zona económica exclusiva se refiere al área de jurisdicción exclusiva establecida por un estado ribereño en las aguas adyacentes a su mar territorial fuera de su mar territorial. En esta área, los estados costeros tienen derechos soberanos para explorar, desarrollar, conservar y gestionar los recursos naturales del fondo y subsuelo marinos y de las aguas suprayacentes. Además, los estados costeros también tienen jurisdicción sobre la investigación científica marina y la protección del medio marino dentro de la zona económica exclusiva. La zona económica exclusiva no excederá la superficie del mar medida desde la línea de base desde la cual se mide la anchura del mar territorial. Según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, los estados costeros disfrutan de los siguientes derechos en sus zonas económicas exclusivas: derechos soberanos para explorar y desarrollar, conservar y gestionar los recursos naturales en el fondo y el subsuelo marino y derechos soberanos de uso; agua de mar, corrientes oceánicas y viento para producir energía Derechos; jurisdicción sobre la construcción y uso de islas artificiales, investigación científica marina y protección del medio marino. Otros países todavía disfrutan de la libertad de navegación y sobrevuelo, la libertad de tender cables y tuberías submarinos y otros fines relacionados con estas libertades compatibles con el derecho internacional. Los estados costeros tienen jurisdicción exclusiva sobre la pesca en sus zonas económicas exclusivas. Puede estipular la captura permitida y otras medidas de manejo y conservación de los recursos biológicos en la zona económica exclusiva. En términos generales, los buques pesqueros extranjeros no pueden pescar en la ZEE sin un permiso. Algunas legislaciones nacionales establecen regulaciones detalladas sobre los tipos y cantidades de pescado que se permite capturar en el área y los tamaños de malla utilizados para proteger los recursos biológicos. Según las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, si un país costero no puede capturar toda la captura capturable, se debe permitir a otros países capturar el resto de la captura capturable mediante acuerdos u otros arreglos, especialmente la participación de países sin litoral y países geográficamente desfavorecidos en la misma zona. La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar estipula que "los límites de la zona económica exclusiva entre países con costas opuestas o adyacentes se delimitarán mediante acuerdo basado en el derecho internacional a que se refiere el artículo 1 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia". para facilitar una solución equitativa." Algunos países La legislación sobre la zona económica exclusiva estipula que cuando la distancia desde su línea de base del mar territorial hasta la línea media con los países vecinos sea inferior a millas náuticas, el alcance de su zona económica exclusiva alcanzará la línea mediana. También hay algunos países que estipulan que cuando su propia zona económica se superponga con las zonas económicas de otros países, los límites de la zona económica exclusiva serán determinados por los países interesados mediante consultas. Además, se pueden ver muchas definiciones completas de derechos e intereses marítimos en el derecho internacional y el derecho interno; la soberanía territorial, la jurisdicción, los derechos de desarrollo de los recursos marinos, los derechos de uso del espacio marino, la jurisdicción sobre la contaminación marina y la conducta de las ciencias marinas de un país. aguas bajo su jurisdicción Derechos de investigación y otros derechos. El término derechos e intereses marítimos no aparece en China desde hace mucho tiempo. En el siglo pasado, China promulgó dos regulaciones marítimas, introduciendo el concepto de derechos e intereses marítimos en la legislación nacional. Desde entonces, los derechos e intereses marítimos han comenzado a atraer la atención de la gente como un nuevo concepto jurídico. En primer lugar, los derechos e intereses marítimos pertenecen a la categoría de soberanía nacional y son derechos formados por la extensión del territorio nacional al océano.
Es decir, los derechos de soberanía territorial adquiridos por un país en el mar, así como algunos derechos ampliados o derivados de ella. Un país disfruta de derechos soberanos completamente exclusivos en sus aguas territoriales, que son exactamente los mismos que su soberanía territorial en tierra. Los derechos disfrutados en la zona contigua también son exclusivos e incluyen principalmente seguridad, aduanas, finanzas, salud y otras jurisdicciones. Este derecho es una extensión o derivado de la soberanía territorial. En la zona económica exclusiva y la plataforma continental, tenemos el derecho soberano de explorar y desarrollar los recursos naturales. Este es un derecho exclusivo y también puede entenderse como una "cuasi-soberanía" sólo superada por la soberanía. Además, también tiene derechos para gestionar la contaminación marina, la investigación científica marina y la construcción de instalaciones marinas artificiales. Se puede decir que esto es una extensión de la "cuasi-soberanía" antes mencionada, porque los estados costeros sólo tendrán derechos exclusivos en la zona económica exclusiva y la plataforma continental antes de tener estas jurisdicciones. En segundo lugar, los derechos e intereses marítimos son los intereses que un país obtiene en el océano o, en términos sencillos, “intereses”. Por supuesto, los intereses o "beneficios" están protegidos por la ley estatal. En términos generales, la connotación de derechos e intereses marítimos incluye principalmente: Primero, derechos e intereses políticos marítimos, como soberanía marítima, jurisdicción marítima, derechos de control marítimo, etc., que son el núcleo de los derechos e intereses políticos marítimos. El segundo son los derechos e intereses económicos marinos, que incluyen principalmente el desarrollo de recursos en aguas territoriales, zonas económicas exclusivas y plataformas continentales, y el desarrollo de industrias económicas marinas nacionales. El tercero son los intereses de seguridad marítima, que principalmente hacen del océano una barrera de defensa para la seguridad nacional y previenen conflictos militares en el mar a través de medios diplomáticos y militares. Cuarto, el principal beneficio de las ciencias marinas es hacer del océano una base para experimentos científicos, logrando así una comprensión de las leyes naturales del océano. Además, existen intereses culturales marítimos, como visitas turísticas al mar y actividades culturales a través del mar.