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Normas de seguridad minera

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Este Reglamento está formulado con el fin de implementar la política de producción segura, adherirse a la seguridad primero, garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores mineros en la producción, promover el desarrollo de la industria minera y satisfacer las necesidades de la modernización socialista. . Artículo 2 Todas las empresas, instituciones y departamentos competentes de la minería deben aplicar las disposiciones del presente Reglamento. Artículo 3 Las empresas mineras y sus departamentos competentes deben establecer un sistema de responsabilidad de producción segura. Los cuadros dirigentes en todos los niveles deben ser responsables de gestionar el trabajo de seguridad mientras gestionan la producción. Al planificar, organizar, inspeccionar, resumir y evaluar la producción, el trabajo de seguridad también debe planificarse, organizarse, inspeccionarse, resumirse y evaluarse.

El personal de diversas agencias funcionales de las empresas mineras y los trabajadores de diversos tipos de trabajo deben ser responsables de lograr los requisitos de seguridad de la producción dentro de sus respectivos ámbitos comerciales. Artículo 4 Las empresas mineras y sus departamentos competentes establecerán agencias de seguridad dirigidas directamente por directores de todos los niveles. Artículo 5 Las empresas mineras establecerán instituciones de higiene industrial y equipos de rescate minero en función de las condiciones reales. Artículo 6 Los departamentos administrativos industriales de las empresas mineras y las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central establecerán, sobre la base de las condiciones reales, instituciones de investigación científica de protección laboral para realizar investigaciones científicas sobre tecnología de seguridad minera e higiene industrial. Artículo 7 Las empresas mineras deben proporcionar regularmente educación sobre seguridad y capacitación técnica a sus empleados de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.

Los trabajadores con fuertes habilidades, como inspectores de gas, detonadores, trabajadores de señales, prostitutas, electricistas y conductores de diversos equipos, deben recibir capacitación técnica especializada. Solo después de aprobar el examen podrán trabajar de forma independiente. Artículo 8 Los planes anuales de producción y construcción y los planes de desarrollo a largo plazo de las empresas mineras y sus departamentos competentes deben incluir planes y programas de medidas técnicas de seguridad.

Los proyectos de medidas técnicas de seguridad deben completarse a tiempo y los fondos de medidas técnicas de seguridad deben incluirse en el plan y no deben malversarse. Artículo 9 Los empleados de las empresas mineras tienen los siguientes derechos y obligaciones:

Primero, cumplir con estas regulaciones y supervisar la implementación de estas regulaciones;

Segundo, cumplir con las disciplinas laborales e implementar la seguridad regulaciones;

En tercer lugar, participar activamente en actividades de innovación tecnológica, presentar sugerencias razonables y mejorar continuamente las condiciones laborales y el entorno de trabajo; cuarto, informar y manejar con prontitud los peligros y rescatar activamente los accidentes;

p>Quinto, tener derecho a impedir que cualquier persona trabaje en violación de las regulaciones, y tener derecho a negarse a aceptar instrucciones de cualquiera que viole las regulaciones;

6. o líderes de decisiones equivocadas y comportamientos equivocados que ignoran la seguridad y salud de los empleados. Capítulo 2 Minas de propiedad estatal Sección 1 Disposiciones básicas Artículo 10 Al desarrollar depósitos minerales, en la exploración geológica, el diseño de la mina, la construcción y la producción de la mina, se deben implementar estrictamente estas regulaciones y las normas de seguridad minera formuladas por los departamentos competentes de las empresas mineras. Artículo 11 Para garantizar la seguridad minera, el informe de exploración geológica debe proporcionar la siguiente información técnica del diseño de la mina: la naturaleza y escala de grandes fallas, zonas de fallas, deslizamientos de tierra y flujos de escombros;

En segundo lugar, los acuíferos (incluidos cuevas) y La litología, espesor y presencia del acuífero, la conexión hidráulica entre el acuífero, las aguas superficiales y subterráneas, el nivel del agua subterránea, la calidad del agua, la cantidad de agua y la dirección del flujo, la capacidad hidrófoba del sistema de flujo de agua superficial y el agua relacionada. proyectos de conservación, las precipitaciones locales a lo largo de los años y el nivel de inundación más alto;

3. El rango de distribución, la profundidad de la minería y la acumulación de agua de pequeños hornos y antiguas viviendas trogloditas;

4. La aparición de biogás y dióxido de carbono, y la tendencia a la combustión espontánea de minerales y la explosión de polvo de carbón.

5. Componentes minerales, contenidos y patrones cambiantes que son perjudiciales para el cuerpo humano, y datos de fondo radiactivo natural de ellos. el área de exploración durante al menos un año;

6. Geotérmica Conductividad térmica, gradiente geotérmico, fuente de agua caliente, temperatura del agua, presión del agua y volumen de agua de las rocas en las áreas mineras de agua caliente y anormal, y delimitando el alcance de las áreas de daño por calor;

7. Fuente y calidad del agua industrial y doméstica;

8. Información sobre perforación y sellado. Artículo 12 El diseño de la mina deberá cumplir con las disposiciones de este Reglamento y deberá ser revisado y aprobado de acuerdo con los procedimientos y autoridades prescritos por el Estado. No se aprobarán los diseños que no cumplan con los requisitos de seguridad de producción.

En la aprobación de los diseños mineros deben participar los departamentos de trabajo, salud, protección ambiental y los sindicatos. Artículo 13 Para las minas nuevas, reconstruidas y ampliadas y las minas a cielo abierto, antes de que comience el proyecto, se debe preparar el diseño de la organización de la construcción una vez finalizado y la aceptación debe organizarse de acuerdo con los procedimientos y autoridades prescritos por el Estado. Los proyectos que no cumplan con los requisitos de diseño de la mina no serán aceptados ni puestos en producción.

La aceptación de la finalización de minas nuevas, renovadas y ampliadas y de minas a cielo abierto debe implicar la participación de los departamentos de trabajo, salud, protección ambiental y otros departamentos y sindicatos. Artículo 14 Cada mina de producción deberá tener al menos dos salidas independientes que conduzcan directamente al suelo para el ingreso y descenso del personal. Cada sección intermedia de producción (nivel) y cada área minera (rebaje y panel) deberá tener al menos dos salidas para el ascenso y descenso de personas, y estar conectada a la salida directamente al suelo.

Se deberán colocar señales viales en las bifurcaciones de los principales túneles subterráneos para indicar la dirección que conduce a la salida. Artículo 15 Debe establecerse un sistema de gestión de boca de pozo para la producción y construcción de minas. Está prohibido introducir tabaco y equipos de ignición en las minas de carbón. En las minas existen peligros de combustión espontánea, explosiones de gas y explosiones de gas y polvo de carbón, y el personal subterráneo debe llevar dispositivos de rescate automático. Artículo 16 El tramo de vía deberá satisfacer las necesidades de ventilación, transporte y peatones. Las tuberías, cables y conductos de aire se tenderán de manera que no obstaculicen a los peatones. Los túneles en uso deben recibir mantenimiento regular, los soportes deben mantenerse intactos, las zanjas deben estar despejadas y no se deben acumular escombros. Los túneles abandonados deben cerrarse lo antes posible.