Criterios para solicitar ayuda judicial
La víctima en un caso penal ha sido perjudicada por un delito y necesita tratamiento médico urgente y no puede pagar el tratamiento médico; la víctima en un caso penal ha muerto debido al delito y el cierre; los familiares que dependen de sus ingresos como principal fuente de subsistencia están en dificultades porque el caso no puede resolverse o porque el perpetrador murió o no pudo compensarlo, los familiares cercanos que dependían de los ingresos de la víctima como su principal fuente de subsistencia no pudieron. obtener compensación a través de un litigio, causando dificultades en la vida de la víctima de un caso penal, fue perjudicada por un delito, y el caso no pudo resolverse, resultando en grandes pérdidas a su propiedad, dificultades de vida o porque el perpetrador murió o no pudo; para compensar y no pudo obtener una compensación oportuna a través de un litigio, causando dificultades en la vida, los denunciantes, testigos y tasadores fueron objeto de represalias por informar, testificar o tasar, lo que resultó en lesiones personales o pérdidas importantes de propiedad; causando dificultades para vivir; recuperación de pensión alimenticia, manutención de los hijos, manutención de los hijos, etc. , causando dificultades al solicitante debido a la incapacidad de la persona sujeta a ejecución; lesiones personales causadas por accidentes de tránsito y otros daños civiles, y no pudiendo obtener compensación a través de un litigio, causando dificultades en la vida de otras personas que necesitan asistencia en base a la misma; circunstancias reales del caso.
Situaciones de no rescate
1. Quienes hayan cometido errores importantes en la ocurrencia del caso.
2. Quienes se nieguen a cooperar con la investigación; de hechos delictivos sin motivos justificables;
3. Hacer deliberadamente declaraciones falsas o fabricar pruebas para obstaculizar el proceso penal;
4. Renunciar a reclamaciones de indemnización civil o negarse a compensar al responsable y sus familiares cercanos durante el proceso;
5. Las dificultades de vida no son causadas por el caso;
6. Se han recibido compensaciones y asistencia razonables a través de medidas de asistencia social.
Base jurídica:
Opiniones del Tribunal Popular Supremo sobre el fortalecimiento y estandarización de la labor de asistencia judicial nacional de los tribunales populares.
Artículo 3 Si una parte solicita asistencia judicial nacional debido a dificultades urgentes en la vida, y se da alguna de las siguientes circunstancias, se le brindará asistencia:
(1) La víctima de un caso penal se ve perjudicado por un delito, lo que resulta en lesiones graves o discapacidad, incapaz de obtener una compensación a través de un litigio debido a la muerte del perpetrador o la incapacidad de compensar, y viviendo en dificultades;
(2) La víctima de un caso penal se ve perjudicado por un delito y necesita tratamiento médico urgente pero no puede afrontar los gastos médicos;
(3) La víctima de un caso penal muere después de haber sido perjudicado por un delito, y el los parientes cercanos que dependen de los ingresos de la víctima como su principal fuente de sustento no pueden obtener una compensación a través de un litigio porque el perpetrador muere o no puede compensar y se encuentra en dificultades en la vida;
(4) La víctima de un caso penal es perjudicado por un delito, causando grandes pérdidas a su propiedad, y no puede obtener compensación a través de un litigio porque el autor está muerto o no puede compensar, y se encuentra en dificultades en la vida;