Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - Después del matrimonio, venda la casa antes del matrimonio. ¿El intercambio de casas es un bien prematrimonial o un bien postmatrimonial?

Después del matrimonio, venda la casa antes del matrimonio. ¿El intercambio de casas es un bien prematrimonial o un bien postmatrimonial?

Subjetividad legal:

Si una casa es propiedad prematrimonial o postmatrimonial debe determinarse en función de las circunstancias específicas. Si una casa se compra con propiedad personal de una de las partes y está registrada a su propio nombre, la casa se considera propiedad personal independientemente de si se compró antes o después del matrimonio. Por el contrario, si se compra con * * * propiedad después del matrimonio, es * * * propiedad. Según el artículo 1063 del Código Civil, que entra en vigor el 1 de enero de 2021, son bienes muebles de uno de los cónyuges los siguientes bienes: (1) Bienes prematrimoniales de uno de los cónyuges (2) Compensación o compensación recibida por una de las partes; debido a lesiones personales (3) Bienes determinados que pertenecen solo a una de las partes en el contrato de testamento o donación (4) Artículos de primera necesidad utilizados exclusivamente por una de las partes; (5) Otros bienes que deberían pertenecer a una de las partes;

Objetividad jurídica:

Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre la aplicación de la parte del Código Civil de la República Popular China sobre matrimonio y familia (1)

Artículo 78

Si uno de los cónyuges firma un contrato de compraventa de bienes inmuebles antes del matrimonio, utiliza bienes muebles para pagar el pago inicial y pide dinero prestado al banco, y después del matrimonio utiliza los bienes comunes de la pareja para pagar el préstamo y la propiedad está registrada a nombre del pagador del pago inicial, la propiedad será propiedad de ambas partes al momento del trámite del protocolo de divorcio.

Si no se puede llegar a un acuerdo conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, el Tribunal Popular podrá dictaminar que el inmueble pertenece al inscrito y el préstamo impago será deuda personal del inscrito. . En caso de divorcio, la parte que registra el inmueble deberá indemnizar a la otra parte de conformidad con los principios previstos en el primer párrafo del artículo 1.087 del Código Civil.