Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - Cuando el tercero recibe la citación, sólo presenta al tribunal un dictamen de defensa. ¿Está bien no comparecer ante el tribunal? Las opiniones personales son inapropiadas.

Cuando el tercero recibe la citación, sólo presenta al tribunal un dictamen de defensa. ¿Está bien no comparecer ante el tribunal? Las opiniones personales son inapropiadas.

Análisis jurídico: Cuando el imputado presenta un escrito de defensa, si no comparece ante el tribunal, necesita encomendar a otra persona que lo represente en la demanda. Si se niega a comparecer ante el tribunal sin motivos justificables, se podrá dictar sentencia en rebeldía.

Base jurídica: “Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China”

Artículo 143: El demandante se niega a comparecer ante el tribunal sin motivos justificables después de haber sido citado mediante citación, o no comparece ante el tribunal. obtener permiso del tribunal Si el demandado se retira del tribunal a mitad de camino, la demanda puede ser desestimada; si el demandado contrademanda, se puede dictar una sentencia en rebeldía;

Artículo 144: Si el demandado se niega a comparecer ante el tribunal sin motivos justificables después de haber sido citado, o abandona el tribunal a medio camino sin permiso del tribunal, se podrá dictar sentencia en rebeldía.

Artículo 58 Las partes y los representantes legales podrán encomendar a una o dos personas que actúen como agentes litigantes.

Las siguientes personas pueden ser confiadas como agentes litigantes:

Abogados y trabajadores de servicios jurídicos de base;

Parientes cercanos o personal de las partes involucradas;

Ciudadanos recomendados por la comunidad, unidad y organizaciones sociales relevantes donde se encuentran las partes.

Artículo 62: Si en el caso de divorcio hay abogado, compareceré ante el tribunal a menos que no pueda expresar mis sentimientos. Si efectivamente no puede comparecer ante el tribunal debido a circunstancias especiales, debe presentar una opinión por escrito al Tribunal Popular.