¿Cuáles son las circunstancias bajo las cuales se puede dar por terminado un juicio?
1. Hay seis circunstancias en las que se puede dar por terminado el juicio, a saber:
(1) Las circunstancias son obviamente menores y no perjudiciales, y no se consideran un delito;
(2) ) El delito ha prescrito dentro del plazo de prescripción para el procesamiento;
(3) La persona ha sido eximida de pena por una orden de amnistía;
(4) De conformidad con las disposiciones de la "Ley Penal de la República Popular China", la persona no deja de hacerlo después de haber sido informada Notificación o retiro de la notificación;
(5) Muerte del sospechoso o imputado;
(6) Exención de responsabilidad penal según otras disposiciones legales.
2. Base jurídica: Artículo 150 de la “Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China”
En cualquiera de las siguientes circunstancias, el litigio quedará suspendido:
(1) Si una de las partes fallece, es necesario esperar a que los herederos indiquen si participan en el pleito;
(2) Una de las partes ha perdido la capacidad para litigar y aún no ha determinado su representante legal;
(3) Como parte la persona jurídica u otra organización se extingue y aún no se ha determinado el sucesor de derechos y obligaciones;
( 4) Una de las partes no puede participar en el litigio por motivos de fuerza mayor;
(5) El caso debe ser resuelto por la otra parte basándose en el resultado del juicio de un caso, pero el otro caso no aún no se ha concluido;
(6) Otras circunstancias en las que el litigio debe suspenderse.
2. ¿Cuál es la diferencia entre dar por terminado el juicio y suspender el juicio?
1. Las razones son diferentes. El juicio se termina debido a circunstancias durante las cuales el juicio no debe o no necesita continuar, o el juicio no puede continuar debido a circunstancias de fuerza mayor;
2. Las consecuencias legales son diferentes. Una vez finalizado el juicio, el litigio finaliza y no se reanudará, pero la suspensión del juicio solo suspende las actividades del litigio. El juicio se reanudará una vez desaparecidos los motivos de la suspensión.