¿Tienen los particulares derecho a registrar una marca utilizando el nombre de un patrimonio cultural?
El patrimonio cultural se divide conceptualmente en patrimonio cultural tangible y patrimonio cultural intangible. Incluyendo el patrimonio cultural tangible y el patrimonio cultural intangible. El patrimonio cultural material son reliquias culturales con valor histórico, artístico y científico; el patrimonio cultural intangible se refiere a diversas formas de expresiones culturales tradicionales que existen en formas intangibles, están estrechamente relacionadas con la vida de las personas y se transmiten de generación en generación.
La Ley de Marcas establece que no se utilizarán como marcas los siguientes signos:
1. Idénticos o similares al nombre del país, bandera nacional, escudo nacional, bandera militar, medallas de la República Popular China, o similares a los órganos estatales centrales El nombre del lugar específico donde se encuentra o el nombre y los gráficos del edificio emblemático son los mismos;
2. , emblema nacional o bandera militar de un país extranjero es igual o similar, a menos que esté aprobado por el gobierno de ese país.
3. organización, excepto aquellos reconocidos por la organización o difíciles de engañar al público;
4. Iguales que los que indican la implementación del control. Idénticos o similares a la marca oficial garantizada y la marca de inspección, excepto los autorizados;
5. Idéntico o similar al nombre o logotipo de la Cruz Roja o de la Media Luna Roja;
6. Discriminación racial;
7.
8. Nocivo para la moral socialista o que tenga otros efectos adversos.
Los nombres de lugares de divisiones administrativas a nivel de condado o superior o los nombres de lugares extranjeros bien conocidos por el público no se utilizarán como marcas comerciales. Sin embargo, salvo que el topónimo tenga otros significados o forme parte de una marca colectiva o de certificación, una marca registrada que utilice un topónimo sigue siendo válida.
Si el patrimonio cultural contiene el nombre de un lugar concreto o edificio emblemático, no se solicitará su registro como nombre de marca.