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Normativa de Gestión de la Seguridad Pública en Viviendas de Alquiler

Disposiciones sobre la Gestión de la Seguridad Pública de las Casas de Alquiler (Ministerio de Seguridad Pública)

(Orden N° 24 del Ministerio de Seguridad Pública de 6 de marzo de 1995)

Artículo 1. En Para fortalecer la gestión de seguridad de las casas de alquiler, tomar medidas de seguridad. Estas regulaciones están formuladas para tomar medidas preventivas para proteger los derechos e intereses legítimos de ambas partes del contrato de arrendamiento. Artículo 2 El término "casas de alquiler", tal como se menciona en este reglamento, se refiere a casas fuera de la industria hotelera que son propiedad de ciudadanos individuales y se alquilan a otros con fines de lucro.

Artículo 3 Los órganos de seguridad pública llevarán a cabo la gestión de la seguridad pública de las casas de alquiler y establecerán sistemas de registro, inspección de seguridad y otros sistemas de gestión.

Artículo 4 Los comités de residentes urbanos, los comités de aldeanos y sus comités de seguridad pública ayudarán a los órganos de seguridad pública en la prevención de la seguridad, la publicidad legal y la educación y la gestión de la seguridad pública de las casas de alquiler.

Artículo 5 Al alquilar una casa, sus edificios, equipos contra incendios, entradas, salidas, pasillos, etc. deben cumplir con las normas de seguridad contra incendios y de gestión de la seguridad pública, no se permiten edificios peligrosos y edificios ilegales; ser alquilado.

Artículo 6 Si se alquila una casa particular, el arrendador deberá solicitar el registro en la comisaría de policía de seguridad pública local con el certificado de propiedad de la casa u otros certificados legales, el documento de identidad de residente y el libro de registro del hogar; acudir a la comisaría donde se encuentra la casa para solicitar el registro con el certificado de propiedad y una carta de presentación de la empresa. Si el inmueble cumple con las condiciones de arrendamiento de este reglamento al momento de su revisión, el arrendador deberá firmar una carta de garantía de responsabilidad de seguridad pública ante la comisaría de seguridad pública.

Artículo 7 Responsabilidades de seguridad pública de los arrendadores de viviendas:

(1) No se permite alquilar la casa a arrendatarios sin certificados válidos;

(2) Con El arrendatario firma un contrato de arrendamiento. Si el arrendatario es un residente temporal, deberá ser llevado a la comisaría de seguridad pública para declarar el registro de residencia temporal y solicitar un certificado de residencia temporal;

(3) Proporcionar. el nombre del arrendatario, sexo, edad, datos básicos como residencia permanente, ocupación o fuente principal de ingresos, servicios, etc., deberán registrarse y archivarse en la comisaría de seguridad pública;

(4) Si el Se descubre que el arrendatario tiene actividades ilegales o delictivas o es sospechoso de actividades ilegales y delictivas, deberá informarlo a los órganos de seguridad pública de manera oportuna.

(5) Inspeccionar periódicamente la seguridad de la casa de alquiler; , descubrir y eliminar rápidamente los peligros ocultos y garantizar la seguridad de vida del arrendatario

(6) Si deja de alquilar la casa, debe acudir a la policía. La comisaría se encarga de los procedimientos de cancelación;

(7) Si una unidad de alquiler o un individuo confía a un agente la administración de la casa de alquiler, el agente debe cumplir con las regulaciones pertinentes y asumir las responsabilidades correspondientes.

Artículo 8: Responsabilidades de seguridad del arrendatario;

(1) Debe poseer cédula de identidad personal u otros documentos de identidad legales;

(2) Alquiler Extranjero temporal los residentes que viven en casas y alojamientos deben presentarse en la comisaría de seguridad pública para el registro de residencia temporal dentro de los tres días de acuerdo con el reglamento de gestión del registro de hogares;

(3) Si la casa alquilada está subarrendada o prestada a otros, deberá presentar un registro en la comisaría de policía local;

(4) Utilice la casa de alquiler de forma segura. Si descubre que la casa de alquiler no es segura, debe notificar de inmediato al arrendador para que la elimine.

(5) No se permite el uso de casas de alquiler para la producción, almacenamiento y operación de mercancías inflamables, explosivas, tóxicas y peligrosas.

(6) Cuando se alquilen casas de forma colectiva o; por unidades, se deben establecer medidas de seguridad en el sistema de gestión.

Artículo 9 Las violaciones de estas regulaciones serán sancionadas por la Oficina de Seguridad Pública del condado (ciudad) o la Oficina de Seguridad Pública Municipal:

(1) El arrendador no completa los procedimientos de registro ante los órganos de seguridad pública o Cualquier persona que firme una carta de garantía de responsabilidad de seguridad pública para alquilar una casa deberá completar los trámites dentro de un plazo y las ganancias ilegales serán confiscadas. Si las circunstancias son graves, se podrá imponer una multa no superior a cinco veces el alquiler mensual;

(2) Si el arrendador alquila la casa a un arrendatario sin certificados legales y válidos, se le amonestará podrá imponerse una multa no superior al triple del alquiler mensual.

(3) Si el arrendador no cumple con sus responsabilidades de seguridad y descubre que el arrendatario utiliza la casa alquilada para llevar a cabo actividades ilegales y delictivas, o no detiene o informa actividades sospechosas de ser ilegales y delictivas, o si un En caso de desastre o desastre de seguridad pública, se ordenará que cese. Para el arrendamiento, se podrá imponer una multa no mayor de diez veces el alquiler mensual;

(4) Si el arrendatario subarrienda o presta la casa arrendada a otros y no se presenta a los órganos de seguridad pública según lo requerido, se le dará una advertencia y sus ganancias ilegales serán confiscadas

(5) Si el arrendatario utiliza la casa alquilada para producir o almacenar ilegalmente; , o comerciar con mercancías inflamables, explosivas o tóxicas y peligrosas, los artículos serán confiscados y se impondrá una multa no mayor de diez veces el alquiler mensual.