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La diferencia entre custodia y patria potestad

¿Cuál es la diferencia entre derechos de paternidad y derechos de custodia?

Primero, la diferencia entre derechos de paternidad y derechos de custodia

1. Son de naturaleza diferente. Los derechos de los padres determinan los derechos de identidad de los padres y de los hijos menores. Pertenecen a los derechos de identidad del derecho de familia y están estipulados en el derecho de matrimonio y de familia. La tutela es un derecho de identidad en el sistema legislativo de mi país, pero no es un derecho de identidad según el derecho de familia, sino un derecho de identidad fuera del derecho de familia. Es una parte integral del sistema de sujetos civiles del derecho civil de mi país.

2. El ámbito de los sujetos de derechos es diferente. Los sujetos de la patria potestad se limitan a los padres, mientras que el alcance de los titulares de derechos de tutela es relativamente amplio, pudiendo ser padres, familiares, amigos o instituciones y organizaciones de tutela legal distintas a los padres. Su alcance excede con creces el alcance de los sujetos de la tutela. derechos de los padres.

3. El contenido y alcance del poder son diferentes. Los derechos de los padres incluyen el derecho de los padres a educar y proteger a sus hijos menores, lo que cubre una amplia gama de áreas, incluido el derecho a designar una residencia, el derecho a solicitar el regreso de los hijos, el derecho a la disciplina, el derecho a una licencia profesional. , el derecho a la representación legal y el derecho al consentimiento. El contenido de la ley de tutela sólo incluye derechos de protección y ningún contenido educativo. Su contenido de poder es más limitado que los derechos de los padres. Debido a que los objetos de la patria potestad son personas con capacidad limitada para la conducta civil y personas sin capacidad para la conducta civil, los derechos de custodia son más amplios que la patria potestad.

4. Adoptar principios legislativos diferentes. El establecimiento de la patria potestad se basa en la relación entre padres e hijos, y la ley otorga un alto grado de confianza a los padres de menores. Por tanto, el principio legislativo de la patria potestad adopta la doctrina del laissez-faire, mientras que el principio legislativo de la tutela adopta una doctrina restrictiva.

5. Las razones son diferentes. La relación parental surge naturalmente de las identidades específicas de padres e hijos, es decir, la relación jurídica entre padres e hijos es una relación jurídica de derechos y obligaciones y no requiere procedimientos especiales. Sin embargo, a veces esta relación de identidad específica no existe entre el tutor y el pupilo y sólo puede crearse mediante los procedimientos prescritos por la ley.

6. El derecho a exigir una remuneración es diferente. Muchos países cuentan con regulaciones que permiten a los tutores solicitar la remuneración correspondiente por sus actividades de tutela de acuerdo con las disposiciones legales. Sin embargo, el derecho a recibir un pago suele estar sujeto a ciertas restricciones. Por ejemplo, el artículo 529 del Código Civil peruano estipula: "El tutor tiene derecho a una remuneración, cuyo monto será determinado por el juez, pero no podrá exceder del 8% de los ingresos netos consumidos o ingresos netos y del 10% de los propiedad capitalizada." Algunos países también establecen que el desempeño de las funciones de tutela no debe basarse en recompensas financieras. Sin embargo, los padres ciertamente no recibirán la remuneración correspondiente por ejercer sus derechos de cuidado parental.

2. La importancia de distinguir los derechos de los padres y los derechos de custodia:

En primer lugar, la separación de los derechos de los padres y los derechos de custodia nos ayuda a establecer el concepto de que los derechos de los padres son obligaciones legales y no puede abandonarse casualmente, por lo que en principio no se puede limitar la responsabilidad por los daños causados ​​por menores a terceros, pero la elección del tutor parece dividirse en dos categorías: una es un tutor que puede ser aceptado obligatoriamente por la ley; lo dispuesto en el artículo 16 de los "Principios Generales del Derecho Civil" Elegir un tutor entre los tutores de primer y segundo nivel distintos de los padres. Este tutor se fundamenta en lo dispuesto en el artículo 159 de los "Dictamenes": "Si el tutelado causa daño a otros y hay tutor claro, el tutor asumirá la responsabilidad civil; si el tutor no es claro, la primera persona que tenga la tutela relación tendrá responsabilidad civil." Parece que se pueden aplicar las regulaciones pertinentes de la empresa matriz, pero deberían ser diferentes de las de la empresa matriz. Este último tipo de tutor parece poder transformarse utilizando las teorías pertinentes del contrato, porque la ley estipula claramente que la existencia de este tipo de tutor se basa en su "voluntariedad", y "voluntariedad" significa acuerdo, que es uno de de las características más fundamentales de un contrato. En base a esta situación, será posible introducir la teoría del contrato en el sistema de tutela porque los tutores distintos de los padres son selectivos y tendrán en cuenta circunstancias específicas como los deseos del candidato a la tutela. En otras palabras, el contenido específico de la custodia puede determinarse mediante un contrato. Por supuesto, dada la sensibilidad y complejidad social del sistema legal de tutela, este tipo de contrato puede clasificarse como un contrato estándar, y el gobierno brindará la orientación directa y necesaria. Naturalmente, según los términos del contrato tipo, la responsabilidad del tutor por los daños causados ​​por el menor a un tercero puede ser limitada. Además, algunos tutores específicos sólo pueden desempeñar parte de las funciones de tutela y encomendar otras funciones a otras personas jurídicas más especializadas. Naturalmente, si llega el momento en el futuro, no es imposible transferir algunas de las responsabilidades de tutela a empresas sociales profesionales mediante contratos.