El niño divorciado ha estado viviendo con su padre y la mujer no ha pagado la pensión alimenticia. Ahora la mujer puede demandarla por la custodia.
Si en el acuerdo de divorcio o en la sentencia de divorcio se ha estipulado una pensión alimenticia, pero la mujer ha estado en mora, el padre del hijo tiene derecho a recuperar la pensión alimenticia adeudada por la mujer. Si el padre está de acuerdo, no se requiere manutención de los hijos.
Si ambas partes llegan a un acuerdo, la custodia del niño puede cambiarse a la mujer. Si el padre del niño debe pagar la pensión alimenticia y el nivel de la pensión alimenticia pueden ser negociados por ambas partes. Si la negociación fracasa, la decisión también la puede tomar el tribunal. El tribunal generalmente considerará las necesidades reales del niño, la asequibilidad de ambas partes y los niveles de vida locales para determinar el nivel de manutención.
Si se negocia que la mujer críe directamente al niño y corra con los gastos de crianza del niño, el padre del niño no necesita pagar la manutención del niño. No se descarta que el niño pueda reclamar. manutención de los hijos del padre distinta de la cantidad original cuando la situación cambie. Por ejemplo, la demanda de atención médica y educación de los niños ha aumentado marcadamente, pero la situación económica de la mujer se ha deteriorado y su asequibilidad ha disminuido significativamente, haciendo imposible garantizar las necesidades reales del niño.
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Leyes pertinentes
Interpretación del matrimonio y la familia en el Código Civil (1)
Artículo 52 Ambos padres podrán acordar que uno de ellos criará directamente a los hijos. El padre inmediato es responsable de todos los pagos de manutención infantil. Sin embargo, si el cuidador directo puede pagar los gastos del niño y afecta el crecimiento saludable del niño, el tribunal popular no lo apoyará.
Artículo 58 En cualquiera de las siguientes circunstancias, si un niño solicita un aumento de la pensión alimenticia a un padre que puede pagarlo, el Tribunal Popular apoyará la solicitud:
(1) Pensión alimenticia original El monto no es suficiente para mantener el nivel de vida real del área local;
(2) Las necesidades reales exceden el monto original debido a enfermedades de los niños, escolarización, etc.;
(3) Hay otras razones. Se deben agregar razones justificables.