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¿Los pagarés escritos por mí son legalmente vinculantes?

Subjetividad legal:

Un pagaré generalmente contiene el siguiente contenido y es legalmente válido cuando cumple con los requisitos legales: 1. Información básica del prestatario y prestamista 2. Motivo del préstamo y monto específico; 4. Firma Sello y fecha. Según el artículo 143 del Código Civil que entrará en vigor en 2021, son válidos los actos jurídicos civiles que cumplan las siguientes condiciones: (1) El actor tenga la correspondiente capacidad para la conducta civil (2) La manifestación de intención sea verdadera; 3) No viole las disposiciones imperativas de las leyes y reglamentos administrativos. No viole el orden público y las buenas costumbres. El párrafo 1 del artículo 2 del "Reglamento del Tribunal Popular Supremo sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación de la ley en los juicios de casos de préstamos privados" estipula que cuando un prestamista presente una demanda por préstamos privados ante el Tribunal Popular, deberá proporcionar pagarés , recibos, pagarés y otras pruebas de los derechos del acreedor y otros documentos que puedan probar la ley del préstamo como prueba de una relación.

Objetividad jurídica:

El artículo 143 del Código Civil es válido si un acto jurídico civil cumple las siguientes condiciones: (1) El actor tiene la correspondiente capacidad para la conducta civil (2); ) La manifestación de intención es verdadera; (3) No viola las disposiciones imperativas de las leyes y reglamentos administrativos, y no viola el orden público y las buenas costumbres. "Disposiciones del Tribunal Popular Supremo sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación de la ley en el juicio de casos de préstamos privados" Artículo 2, párrafo 1. Cuando un prestamista presenta una demanda por préstamos privados ante el Tribunal Popular, deberá proporcionar pagarés, recibos y pagarés. y demás pruebas de los derechos del acreedor y demás documentos que puedan acreditar la relación jurídica del préstamo.