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La casa que mi novio compró antes de casarse, ¿recibiré una parte después del matrimonio?

Hola, se debe juzgar en función de la situación específica.

En primer lugar, si compra una casa en su totalidad antes del matrimonio, generalmente pertenece a su propiedad personal antes del matrimonio y no tiene derecho a dividirla durante el divorcio. Sin embargo, si ocurren las siguientes situaciones, esta propiedad (o parte de la propiedad) puede ser reconocida como propiedad conjunta de marido y mujer:

Primero, agregue su nombre al certificado de propiedad;

En segundo lugar, el producto de la venta de la casa se mezcla con la compra de otros activos;

En tercer lugar, si la propiedad se renueva y aumenta de valor después del matrimonio, entonces el valor incrementado es el conjunto propiedad del marido y la mujer.

Además, si la casa se alquila después del matrimonio, el alquiler obtenido generalmente es propiedad conjunta del marido y la mujer.

En segundo lugar, si la casa se compra con un préstamo prematrimonial y está registrada a nombre de una persona, ambas partes pagarán el préstamo juntas después del matrimonio. Cuando se divorcien, la casa generalmente será reconocida. como propiedad prematrimonial del hombre, y la mujer sólo puede obtener dos. La persona paga lo mismo que el pago del préstamo y la mitad de la plusvalía correspondiente a la casa. La parte restante impaga no se dividirá cuando la pareja se divorcie, sino que será deuda personal de la parte que compró la casa antes del matrimonio.

Los abogados de JiaYuJia le recuerdan especialmente que tanto si compra una casa con el pago total como con un préstamo, no descartamos que se produzcan algunas circunstancias especiales que puedan provocar un cambio en la propiedad de la misma. Se recomienda consultar a un abogado para detalles específicos.

Disposiciones legales pertinentes

Artículo 209 del “Código Civil”: El establecimiento, modificación, transmisión y eliminación de derechos reales sobre bienes inmuebles surtirá efecto si se inscriben conforme a la ley; registro, no surtirán efectos, salvo disposición legal en contrario. No es necesario registrar la propiedad de los recursos naturales que pertenecen al Estado según la ley.

Artículo 1062: Serán propiedad conjunta del marido y de la mujer y serán propiedad conjunta del marido y de la mujer los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante la relación matrimonial:

(1) Salarios, bonificaciones, remuneración laboral;

(2) Ingresos por producción, operación e inversión;

(3) Ingresos por derechos de propiedad intelectual (4) Heredados; o bienes donados, pero salvo lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley. (5) Los demás bienes que serán objeto del contrato;

El marido y la mujer tienen iguales derechos para manejar los mismos bienes.

Artículo 1065: Tanto el hombre como la mujer podrán pactar que los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes anteriores al matrimonio sean de propiedad mutua o conjunta, o podrán ser en parte de cada uno y en parte de forma conjunta. El acuerdo debe ser por escrito. Si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, se estará a lo dispuesto en los artículos 1062 y 1063 de esta Ley. El acuerdo entre marido y mujer sobre los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes antes del matrimonio es jurídicamente vinculante para ambas partes.

Artículo 78 de la "Interpretación de la Sección Matrimonio y Familia del Código Civil (I)": Uno de los cónyuges firma un contrato de compraventa de bienes inmuebles antes del matrimonio, utiliza bienes muebles para pagar el anticipo y obtiene una préstamo de un banco, y después del matrimonio, utiliza el consentimiento del cónyuge. Si la propiedad se paga y el inmueble está registrado a nombre de la parte que pagó el pago inicial, el inmueble se manejará mediante acuerdo entre las dos partes en el caso de divorcio. Si no se puede llegar a un acuerdo conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, el tribunal popular podrá resolver que el inmueble pertenece a quien lo registró, y el préstamo impago será deuda personal de quien registró el inmueble. . El importe pagado por ambas partes para reembolsar el préstamo y el correspondiente aumento del valor de la propiedad después del matrimonio serán compensados ​​por la parte que registró el inmueble a la otra parte de conformidad con los principios estipulados en el párrafo 1 del artículo 1087 del Código Civil. al divorciarse.