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Interpretación judicial de disputas sobre contratos de empresas conjuntas

Análisis jurídico: La interpretación judicial se refiere a la interpretación de leyes aplicables específicas por parte de la máxima autoridad judicial en el proceso de aplicación de las leyes, incluidas las interpretaciones de juicio y las interpretaciones de procesamiento. La Interpretación judicial de las disputas sobre contratos de empresas conjuntas, es decir, las "Respuestas del Tribunal Popular Supremo sobre varias cuestiones relativas al juicio de disputas sobre contratos de empresas conjuntas", explica la aceptación, jurisdicción, calificaciones, etc. de las entidades de empresas conjuntas.

Base jurídica: "Respuestas a varias cuestiones planteadas por el Tribunal Supremo Popular en el juicio de casos de disputas sobre contratos de empresas conjuntas" 1. Aceptación de casos de disputas sobre contratos de empresas conjuntas: (1) Las partes de la empresa conjunta están involucrados en la ejecución, modificación o terminación del contrato de empresa conjunta. Surgen disputas económicas, tales como inversión conjunta, distribución de excedentes, responsabilidad por incumplimiento de contrato, asunción de deuda, amortización de activos, etc., y se interpone una demanda en el Tribunal Popular, se cumplen las condiciones para el procesamiento estipuladas en el artículo 81 de la "Ley de Procedimiento Civil (Juicio)", el Tribunal Popular lo aceptará. (2) Si las partes de una empresa conjunta presentan una demanda ante el Tribunal Popular sobre cuestiones de gestión como la organización interna y la composición del personal de la empresa conjunta, el Tribunal Popular no aceptará el caso. En cuanto a la jurisdicción sobre casos que involucran disputas sobre contratos de empresa conjunta: (1) La jurisdicción geográfica sobre casos que involucran disputas sobre contratos de empresa conjunta varía dependiendo de la forma de empresa conjunta: 1. Los casos de disputas contractuales que involucren empresas conjuntas de personas jurídicas estarán bajo la jurisdicción del tribunal popular donde esté ubicada la oficina principal de la empresa conjunta de personas jurídicas. 2. Las controversias sobre contratos de sociedad serán competencia del Tribunal Popular del lugar donde esté registrada la sociedad. 3. Las disputas sobre contratos comerciales cooperativos serán competencia del tribunal popular donde se encuentre el demandado.