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¿Se puede liberar el patrimonio incautado?

Una vez embargado el patrimonio se puede tramitar la prenda. Si la propiedad que ha sido hipotecada está sujeta a medidas de preservación o ejecución de la propiedad, como sellado o retención, la validez de la hipoteca no se verá afectada y los procedimientos de liberación de la hipoteca pueden ser manejados por el departamento donde se tomaron originalmente los procedimientos de prenda. Una vez finalizados los trámites de liberación de la hipoteca, el acreedor no tiene derecho a ejercer el derecho de prioridad para recibir el reembolso del inmueble hipotecado.

Base jurídica

Artículo 440 de la “República Popular China y Código Civil”

Los siguientes derechos que el deudor o un tercero tiene derecho a disponer de Se puede pignorar:

(1) Giro postal, cheque de caja, cheque;

(2) Fianza, recibo de depósito;

(3) Almacén recibo, conocimiento de embarque;

(4) Acciones y capital de fondos transferibles;

(5) Derechos de propiedad transferibles en derechos de propiedad intelectual, como derechos exclusivos sobre marcas registradas, derechos de patente, derechos de autor, etc.;

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(6) Cuentas por cobrar existentes y futuras;

(7) Otros derechos de propiedad que pueden pignorarse de acuerdo con las leyes y reglamentos administrativos.