Análisis jurídico: Un tercero de buena fe es un tercero que desconoce la verdadera situación de ambas partes en una relación jurídica. Generalmente se refiere a un titular de derechos desinformado y registrado en una transacción ilegal. Después de que el poseedor que no tiene derecho a disponer de bienes muebles o inmuebles ajenos transfiere el bien mueble o inmueble a un tercero, si el cesionario adquiere el bien mueble o inmueble de buena fe, podrá obtener la propiedad del bien mueble o inmueble. propiedad de conformidad con la ley. Una vez que el cesionario obtiene la propiedad de los bienes muebles o inmuebles, el propietario original no puede pedirle al cesionario que devuelva los bienes, solo puede pedirle al cedente que compense las pérdidas. Un tercero en una demanda civil se refiere a una persona que tiene un derecho independiente a reclamar el objeto de una demanda entre otros, o una persona que no tiene un derecho independiente a reclamar pero tiene un interés legal en el resultado del caso y por lo tanto participa en un pleito que ya ha comenzado entre otros. Los terceros se dividen en terceros con reclamos independientes y terceros sin reclamos independientes en función de si tienen reclamos independientes sobre el objeto del litigio, entre otros. En cuanto a la determinación del tercero en un litigio civil, en la práctica judicial los estándares de funcionamiento son diferentes y la determinación del tercero es un punto difícil. A menudo, debido a la falta de comprensión de las normas establecidas por terceros o al proteccionismo local, en la práctica, los terceros a menudo aparecen en listas erróneas, omitidas o enumeradas al azar, lo que perjudica los derechos e intereses legítimos de otros.
Base jurídica: Artículo 311 del Código Civil de la República Popular China* * *Si una persona sin derecho a disponer de bienes inmuebles o muebles los transfiere al cesionario, el propietario tiene derecho a recuperarlo, salvo disposición legal en contrario, el cesionario obtiene la propiedad del inmueble o bien mueble bajo cualquiera de las siguientes circunstancias: (1) El cesionario adquiere el bien inmueble o mueble de buena fe; a un precio razonable (3) La propiedad transferida deberá registrarse de acuerdo con la ley. El inmueble o bien mueble ha sido registrado y el inmueble o bien mueble transferido que no requiere registro ha sido entregado al cesionario; Si el cesionario adquiere la propiedad de bienes inmuebles o muebles de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, el propietario original tiene derecho a exigir indemnización por daños y perjuicios a quien no tiene derecho a disponer de ellos. Si las partes adquieren de buena fe otros derechos reales, se aplicará mutatis mutandis lo dispuesto en los dos párrafos anteriores.