Una breve descripción de los tipos de materias de derecho económico.
1. La naturaleza jurídica del derecho económico:
1. El derecho económico es un departamento jurídico que realiza ajustes integrales, sistemáticos, integrales e integrales a las relaciones económicas mercantiles socialistas. En esta etapa, ajusta principalmente las relaciones de gestión económica y las relaciones de coordinación comercial dentro de un cierto rango en el proceso de producción y reproducción social, siendo diversas organizaciones los sujetos básicos.
2. La aparición del derecho económico es el resultado inevitable de la intervención estatal en la economía. Siempre se centra en orientar a las diversas entidades económicas para que realicen actividades económicas de conformidad con la ley, asegurando el establecimiento correcto y la conducción ordenada de las relaciones económicas, formando así un entorno económico y un orden económico para el desarrollo sostenible de la economía nacional.
3. El derecho económico siempre ajusta las relaciones económicas. Su propósito es mantener el desarrollo sostenido y estable de la economía social en su conjunto y mejorar el nivel de productividad social. Incluso provoca intencionadamente pérdidas en intereses parciales o individuales. en el proceso de ajuste.
2. Principios básicos del derecho económico:
1. Seguir y aplicar integralmente los principios de las leyes económicas objetivas
2. entidades sociales, proteger El principio del desarrollo legal de diversas formas económicas;
3. El principio de combinar la economía planificada con la regulación del mercado;
4. liderazgo del Estado y funcionamiento independiente de las organizaciones;
5. El principio de unidad de responsabilidades, derechos, intereses y eficacia.
Base jurídica: el artículo 3 de la "Ley de Sociedades de la República Popular China" es una persona jurídica empresarial con propiedad de persona jurídica independiente y derechos de propiedad de persona jurídica. Una empresa es responsable de sus deudas con todos sus bienes. Los accionistas de una sociedad de responsabilidad limitada responderán ante la sociedad en la medida de su aportación de capital suscrito; los accionistas de una sociedad anónima responderán ante la sociedad en la medida de las acciones que suscriban;