Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - ¿Cuánto daño se le puede hacer a la empresa para justificar el despido?

¿Cuánto daño se le puede hacer a la empresa para justificar el despido?

Análisis jurídico: La empresa puede despedir a los empleados que causen daños importantes y exigir una indemnización adecuada por las pérdidas. Durante la ejecución del contrato de trabajo, el empleado incumple sus obligaciones de acuerdo con sus responsabilidades laborales, viola su obligación de ser leal a sus deberes, salvaguardar y promover los intereses del empleador, comete negligencia grave en el incumplimiento de sus deberes. , o se aprovecha de su posición para buscar deliberadamente beneficio personal. Si los bienes corporales e intangibles del usuario sufren daños importantes, pero el daño no es suficiente para sancionar al usuario, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo y exigir una indemnización basada en una determinada proporción de las pérdidas económicas directas causadas. En la práctica judicial, teniendo en cuenta la culpa del trabajador, el importe de la indemnización por daños y perjuicios suele estar dentro del 30%, con un máximo no superior al 50%. Aunque el incumplimiento del deber por parte del empleado ha causado pérdidas a la empresa, no es un daño importante. El empleador puede sancionar al empleado y exigir una compensación por parte de la pérdida, pero no puede rescindir el contrato.

Base jurídica: “Ley de Contrato de Trabajo de la República Popular China”.

Artículo 37 El trabajador podrá rescindir el contrato de trabajo notificándolo por escrito al empleador con 30 días de antelación. Durante el período de prueba, el empleado puede rescindir el contrato de trabajo notificándolo al empleador con tres días de anticipación.

Artículo 38 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, el trabajador podrá rescindir el contrato de trabajo:

(1) No proporcionar protección laboral o condiciones laborales según lo estipulado en el contrato de trabajo;

(2) Falta de pago de la remuneración laboral en su totalidad y a tiempo;

(3) Falta de pago de las primas del seguro social de los trabajadores de conformidad con la ley;

(4) Empleadores Las normas y reglamentos de la unidad violan las disposiciones de las leyes y reglamentos y dañan los derechos e intereses de los trabajadores;

(5) El contrato de trabajo es inválido debido a las circunstancias estipuladas en el párrafo 1 del artículo 26 de esta Ley;

(6) Las demás circunstancias en que los trabajadores podrán rescindir el contrato de trabajo según lo establezcan las leyes y reglamentos administrativos.

Si el empleador obliga al empleado a trabajar mediante violencia, amenazas o restricciones ilegales a la libertad personal, o si el empleador dirige u obliga ilegalmente a realizar trabajos riesgosos que pongan en peligro la seguridad personal del empleado, el empleado podrá rescindir inmediatamente el contrato de trabajo, no es necesario informar al empleador con antelación.

Artículo 39: El empleador podrá rescindir el contrato de trabajo en cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) Durante el período de prueba, se compruebe que no se cumplen las condiciones de empleo;

(2) Violación grave de las normas y reglamentos del empleador;

(3) Negligencia grave en el cumplimiento del deber, negligencia para beneficio personal, que cause daños importantes al empleador;

(4) ) El empleado establece relaciones laborales con otros empleadores al mismo tiempo, lo que afecta gravemente la realización de las tareas laborales del empleador, o se niega a realizar correcciones después de que el empleador lo propone;

(5) Debido al artículo 26 de esta Ley, las circunstancias especificadas en el punto 1 del párrafo 1 invalidan el contrato de trabajo;

(6) Ser penalmente responsable de conformidad con la ley.

Artículo 40 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo previa notificación escrita al trabajador con 30 días de antelación o pagando al trabajador un mes adicional de salario:

( 1) El empleado está enfermo o lesionado no debido al trabajo, y después de que expira el período de tratamiento médico prescrito, no puede realizar el trabajo original u otros trabajos organizados por el empleador;

(2) Obreros Incompetente para el trabajo, y después de capacitación o adaptación laboral, aún no puede realizar el trabajo;

(3) Las circunstancias objetivas en las que se celebró el contrato de trabajo han sufrido cambios importantes, lo que resulta en la incapacidad para cumplir el contrato de trabajo. Los trabajadores no pueden llegar a un acuerdo sobre la modificación del contenido del contrato de trabajo mediante negociación.