Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - ¿Puedo ser mi propio abogado y litigar?

¿Puedo ser mi propio abogado y litigar?

Subjetividad Legal:

Tomemos el ejemplo de una persona que no tiene licencia de abogado. Una persona que no tiene licencia de abogado no cumple con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de Procedimiento Civil y no puede ayudar a otros en un litigio. El artículo 58 de la Ley de Procedimiento Civil establece que las partes y sus representantes legales podrán encomendar a una o dos personas la función de agentes litigantes. (1) Abogados y trabajadores de servicios legales de base; (2) Familiares cercanos o personal de las partes involucradas; (3) Ciudadanos recomendados por las comunidades, unidades y grupos sociales relevantes donde se encuentran las partes.

Objetividad jurídica:

La prueba del artículo 63 de la Ley de Procedimiento Civil incluye: (1) Declaraciones de las partes; (2) Prueba documental (3) Prueba física (; 4) )Materiales audiovisuales; (5) Datos electrónicos; (6) Testimonios de testigos; (7) Opiniones de tasación; Se debe verificar que la evidencia sea cierta antes de que pueda usarse como base para determinar los hechos.