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¿Es ilegal ver pornografía en tu teléfono?

No es ilegal ver pornografía en tu teléfono en casa. Si no hay transmisión, generalmente no constituye un delito.

Las leyes pertinentes de nuestro país no estipulan que sea ilegal ver películas pornográficas en línea. Si la ley no lo prohíbe, es libertad. Por lo tanto, no es ilegal ver películas pornográficas en su teléfono móvil en casa y el departamento de seguridad pública no investigará.

Ver películas pornográficas en el móvil no es ilegal siempre y cuando utilices tu teléfono móvil para verlas y difundirlas. Sólo te pueden pillar si difundes vídeos e imágenes inapropiadas en línea, porque se trata de un acto delictivo y se incluye en el delito de difusión de materiales obscenos.

El delito de difusión de materiales obscenos se refiere a la difusión de libros, publicaciones periódicas, vídeos, audio y vídeo, fotografías u otros materiales obscenos, alterando el orden estatal de gestión de materiales obscenos y poniendo en peligro la integridad física y mental. La salud de la población en general, especialmente de los jóvenes, debe ser reprimida resueltamente de conformidad con la ley. De conformidad con las leyes y reglamentos pertinentes, toda persona que difunda libros, publicaciones periódicas, vídeos, productos audiovisuales, fotografías u otros materiales obscenos, si las circunstancias son graves, será condenada a una pena de prisión de no más de dos años y a prisión penal. o vigilancia. Quien organice la difusión de películas, vídeos y otros productos de audio y vídeo obscenos será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión o vigilancia penal, y también multa si las circunstancias son graves; Será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años y también multa.

En resumen, no te pillarán viendo retransmisiones pornográficas en tu teléfono móvil, pero navegar por sitios web pornográficos es sospechoso de actividades ilegales, por lo que es mejor no verlos.

Base jurídica:

Derecho Penal de la República Popular China

Artículo 364

Difusión de libros, publicaciones periódicas, películas, audiovisuales, fotografías u otros materiales obscenos, si las circunstancias son graves, será condenado a pena privativa de libertad no superior a dos años, a prisión penal o a vigilancia pública. Quien organice la difusión de películas, vídeos y otros productos de audio y vídeo obscenos será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión o vigilancia penal, y también multa si las circunstancias son graves; Será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años y también multa. Quien produzca o copie películas, vídeos y otros productos audiovisuales obscenos para su difusión será severamente castigado de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2. Cualquier persona que difunda material obsceno a menores de 18 años será severamente castigada.