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Disposiciones legales sobre las condiciones del matrimonio

Análisis jurídico: Los requisitos legales para el registro del matrimonio incluyen: 1. Las partes deben ser completamente voluntarias, no permitiéndose fuerza ni interferencia. 2. Tanto hombres como mujeres deberán alcanzar la edad legal para contraer matrimonio. 3. Ni el hombre ni la mujer son parientes consanguíneos directos ni colaterales dentro de tres generaciones. 4. Ni hombres ni mujeres tienen cónyuges. 5. Ni el hombre ni la mujer padecen enfermedades que sean médicamente consideradas inadecuadas para el matrimonio.

Las condiciones matrimoniales se refieren a los requisitos necesarios para el establecimiento del matrimonio. Según las disposiciones de la Ley de Matrimonio de mi país, las condiciones para el matrimonio incluyen condiciones positivas y condiciones negativas.

Según las disposiciones de la Ley de Matrimonio de mi país, las condiciones positivas para el matrimonio incluyen: 1. El matrimonio debe ser completamente voluntario tanto para hombres como para mujeres. Ninguna de las partes puede obligar a la otra, ni ningún tercero puede interferir. 2. La edad para contraer matrimonio no debe ser inferior a 22 años para los hombres y 20 años para las mujeres.

Las condiciones negativas para el divorcio, es decir, situaciones en las que el matrimonio está prohibido por ley, incluyen: 1. Tener cónyuge; 2. Tener parientes consanguíneos directos y colaterales dentro de tres generaciones; enfermedad que se considera médicamente inapropiada para el matrimonio. Un matrimonio es inválido si ocurre una de las siguientes circunstancias: (1) Bigamia (2) Existe una relación familiar que prohíbe el matrimonio (3) No se alcanza la edad legal para contraer matrimonio;

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 1046 El matrimonio será voluntario tanto para el hombre como para la mujer. Está prohibido que cualquiera de las partes obligue a la otra. , y ninguna organización o individuo puede interferir.

Artículo 1047: La edad para contraer matrimonio en los hombres no será menor de 22 años, y en las mujeres no será menor de 20 años.

Artículo 1048: Se prohíbe el matrimonio entre consanguíneos directos o colaterales dentro de tres generaciones.