¿Se considera la indemnización por despido propiedad conjunta del marido y la mujer?
Análisis jurídico: La indemnización por despido se considera propiedad conjunta del marido y la mujer. Los siguientes bienes adquiridos por un marido y una mujer durante la relación matrimonial son propiedad conjunta del marido y la mujer y son propiedad conjunta del marido y la mujer: (1) salarios, bonificaciones y remuneración por servicios laborales; producción, negocios e inversiones; (2) ingresos de producción, negocios e inversiones; 3) ingresos por derechos de propiedad intelectual; (4) bienes heredados o donados, salvo lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley; 5) Otros bienes que formarán parte del contrato.
Base jurídica: “La República Popular China y el Código Civil”
Artículo 1062: Los siguientes bienes adquiridos por marido y mujer durante la relación matrimonial serán propiedad del marido y esposa* **Los mismos bienes serán propiedad conjunta del marido y la mujer***:
(1) Salarios, bonificaciones y remuneraciones laborales;
(2) Ingresos de producción, operación e inversión;
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(3) Ingresos por derechos de propiedad intelectual;
(4) Bienes heredados o donados, excepto lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley;
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(5) Los demás bienes que deban pertenecer al contrato.
El marido y la mujer tienen iguales derechos para manejar los mismos bienes.