La diferencia entre relaciones jurídicas absolutas y relaciones jurídicas relativas
Las relaciones jurídicas absolutas corresponden a relaciones jurídicas relativas. Según el diferente alcance de los deudores, las relaciones jurídicas civiles se pueden dividir en relaciones jurídicas absolutas y relaciones jurídicas relativas. La relación jurídica absoluta se refiere a una relación jurídica civil en la que los acreedores pueden ejercer sus derechos sin recurrir al deudor, que es cualquier persona no especificada. Como propiedad, derechos personales, derechos de propiedad intelectual, etc. Una relación jurídica relativa se refiere a una relación jurídica en la que un acreedor puede ejercer sus derechos sólo con la asistencia del deudor, que es una parte específica. La relación acreedor-deuda es una relación jurídica relativa típica. Esta distinción favorece la clarificación del alcance y las obligaciones del deudor en las relaciones jurídicas civiles, y favorece la correcta aplicación del derecho civil.