¿Hay alguna consecuencia si la unidad contratante se niega a ir a trabajar?
1. Una vez firmado el contrato de trabajo, se deberá entregar una copia al empleado. El artículo 16 de la "Ley de Contrato de Trabajo" estipula que un contrato de trabajo entrará en vigor después de que el empleador y el empleado lleguen a un acuerdo mediante negociación y firmen o sellen el texto del contrato de trabajo. El texto del contrato de trabajo está en manos tanto del empleador como del empleado, respectivamente.
2. Si un empleado no viene a trabajar después de firmar un contrato laboral, significa que el contrato no ha sido cumplido. Generalmente no habrá consecuencias y no habrá cuestión de daños y perjuicios. Según el artículo 37 de la Ley de Contrato de Trabajo, un empleado puede rescindir el contrato de trabajo notificando al empleador por escrito con 30 días de anticipación. Durante el período de prueba, el empleado puede rescindir el contrato de trabajo notificándolo al empleador con tres días de anticipación.