La casa de este hombre fue demolida. ¿Puede divorciarse?
Base jurídica: El artículo 1062 del "Código Civil" estipula que los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante el matrimonio son bienes comunes del marido y la mujer y pertenecen tanto al marido como a la mujer: (1) Salarios, bonificaciones y remuneraciones laborales; (2) ) Rentas de producción, operación e inversión; (3) Rentas por derechos de propiedad intelectual; (4) Bienes heredados o donados, salvo lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley; (5) Otros que pertenecerán a * * * Todos los bienes. El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes.
El artículo 1063 del "Código Civil" se refiere a los bienes muebles de uno de los cónyuges: (1) Bienes prematrimoniales de uno de los cónyuges; (2) Compensación o compensación recibida por una de las partes por daños personales; (3) Testamento o Bienes determinados en el contrato de donación como pertenecientes únicamente a una de las partes (4) Necesidades diarias para uso exclusivo de una de las partes; (5) Otros bienes que deberían pertenecer a una de las partes;