Obtención de cualificaciones como sujeto de derecho económico
La adquisición de títulos como sujeto de derecho económico tiene su particularidad, y la adquisición de títulos como sujeto de derecho económico también es diferente.
En primer lugar, la diferencia en la base legal para obtener calificaciones de materias.
La base legal para que las materias de regulación y control obtengan calificaciones de materias de derecho económico es diferente.
1. Por lo general, los sujetos reguladores y sujetos regulados son principalmente órganos legislativos y algunos organismos encargados de hacer cumplir la ley sus calificaciones sólo pueden obtenerse de acuerdo con las disposiciones de la Constitución y las leyes, especialmente las disposiciones de las autoridades especializadas. leyes orgánicas.
2. Cualificaciones de las entidades del mercado como empresas reguladas o reguladas.
(1) En general, no es necesario que leyes especiales establezcan disposiciones especiales, porque en primer lugar, deben ser entidades de mercado ordinarias dedicadas a actividades productivas y comerciales, y las condiciones básicas para obtener una entidad de mercado las cualificaciones deben recibir el mismo trato. Por tanto, sus calificaciones se basan principalmente en leyes civiles y comerciales que encarnan el espíritu de igualdad de los sujetos.
(2) En el ámbito del derecho económico, basándose en consideraciones de bienestar social, no se excluyen requisitos especiales para los participantes del mercado en determinadas industrias especiales.
En segundo lugar, la particularidad de la obtención de las titulaciones para las asignaturas de derecho económico
Como se ha mencionado anteriormente, la adquisición de las titulaciones para las asignaturas de derecho económico es multifuente o no uniforme. La particularidad de la obtención de títulos para las materias de derecho económico es la siguiente:
1. En cuanto a la competencia de la materia, destaca el ejercicio de las funciones de macrocontrol y regulación del mercado y sus funciones de gestión económica. en algunas normas jurídicas especializadas. Por ejemplo, los poderes del banco central y de los organismos encargados de hacer cumplir la ley antimonopolio están estipulados en leyes especiales.
2. Si bien las calificaciones de las entidades controladas y de las entidades controladas están determinadas principalmente por las leyes civiles y comerciales, no se descarta que en términos de acceso a los mercados, con base en consideraciones de política industrial, las calificaciones o calificaciones de Las entidades están sujetas a leyes económicas especiales.