¿Están exentas de la autoayuda la prevención de emergencias y la autodefensa?
Es cierto que la evitación de emergencias y la legítima defensa pueden utilizarse como defensas en el derecho penal y en el derecho civil, pero no son exenciones. Según la jurisprudencia, la exención se basa en la existencia de responsabilidad jurídica. Si no existe ninguna responsabilidad legal, por supuesto no hay exención de responsabilidad legal.
Por lo tanto, la legítima defensa y la evitación de emergencias no son condiciones de exención.
Nota: La autodefensa y la evitación de emergencias no son conductas de autorrescate. El comportamiento de autoayuda generalmente se refiere al comportamiento de apoderarse, restringir u otras medidas correspondientes contra la propiedad o la libertad de otros. Las condiciones y métodos aplicables al ejercicio de la legítima defensa en una evacuación de emergencia son diferentes.