Sobre la regulación jurídica de la publicidad engañosa mediante la Ley de Publicidad
La pena por publicidad engañosa en el "Derecho Penal" es: si las circunstancias son graves, la persona será condenada a pena privativa de libertad no mayor a dos años o prisión preventiva, y será también o únicamente multado. Los principales sujetos de castigo por este delito son los anunciantes, los operadores de publicidad y los editores de publicidad. Los actos delictivos específicos se refieren a situaciones graves en las que la publicidad se utiliza para promocionar falsamente bienes o servicios.
Objetividad legal:
Responsabilidad legal por publicar anuncios falsos Ante el grave fenómeno de la publicidad engañosa de la calidad del producto (servicio) en algunos anuncios promocionales comerciales, engañando y engañando a los consumidores, " El artículo 59 de la Ley de Calidad de los Productos estipula que quien haga propaganda falsa sobre la calidad de los productos en anuncios será considerado legalmente responsable de conformidad con la Ley de Publicidad. Responder a las disposiciones correspondientes de la ley de publicidad desde la perspectiva de la ley de calidad del producto proporciona un arma legal más poderosa para combatir la publicidad engañosa que engaña a los consumidores. El artículo 38 de la Ley de Publicidad establece que todo anunciante que viole las disposiciones de esta Ley publicando publicidad falsa, engañando o engañando a los consumidores y lesionando los derechos e intereses legítimos de los consumidores que adquieran bienes o reciban servicios, asumirá la responsabilidad civil de conformidad con la ley; operaciones publicitarias Si una persona o editor de publicidad diseña, produce o publica un anuncio sabiendo o debería haber sabido que el anuncio es falso, será responsable solidariamente de acuerdo con la ley. Los operadores de publicidad y los editores de publicidad que no puedan proporcionar el nombre y la dirección reales del anunciante asumirán toda la responsabilidad civil. Los grupos sociales u otras organizaciones que recomienden bienes o servicios a los consumidores mediante publicidad engañosa y lesionen los derechos e intereses legítimos de los consumidores serán responsables solidariamente de conformidad con la ley. Al mismo tiempo, según el artículo 3 de las "Medidas de Sanción por Fraude al Consumidor" formuladas por la Administración Estatal de Industria y Comercio (ver el apéndice de este libro), los consumidores también pueden exigir una doble compensación a los anunciantes que publiquen anuncios falsos de acuerdo con Artículo 49 de la "Ley del Consumidor".