Introducción a las reglas de transferencia de capital de las sociedades de responsabilidad limitada
La transmisión patrimonial de una sociedad limitada incluye la transferencia interna y la transferencia externa, que siguen principios y reglas diferentes respectivamente.
(1) Transferencia interna
La transmisión interna del patrimonio de una sociedad de responsabilidad limitada sigue el principio de libertad, es decir, todo o parte del patrimonio puede ser transferido entre los accionistas de la empresa sin el consentimiento de otros accionistas o la necesidad de Notificar previamente a otros accionistas.
(2) Transferencia externa
1. Cuando un accionista de una sociedad de responsabilidad limitada transfiere su patrimonio a una persona ajena a la sociedad, deberá obtener el consentimiento de más de la mitad de los accionistas. los demás accionistas de la empresa y redactar la información de transferencia de capital por escrito Notificar a los demás accionistas y obtener el consentimiento. Hay dos situaciones en las que se presume que otros accionistas están de acuerdo con la transferencia externa de acciones del accionista. En primer lugar, si los demás accionistas no responden dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la notificación por escrito, se considerará que han aceptado la transferencia; en segundo lugar, si más de la mitad de los demás accionistas no están de acuerdo con la transferencia, la los accionistas que no estén de acuerdo deberán comprar las acciones transferidas. Si no está de acuerdo, se considerará que está de acuerdo con la transferencia.
2. Derecho de tanteo de los demás accionistas. Es decir, en las mismas condiciones y con el consentimiento de los demás accionistas, otros accionistas tienen prioridad para recibir el capital.
Artículo 71 de la “Ley de Sociedades Anónimas” Los accionistas de una sociedad de responsabilidad limitada podrán transmitirse entre sí la totalidad o parte de sus acciones.
La transferencia de capital a personas distintas de los accionistas deberá ser aprobada por la mayoría de los demás accionistas. Cuando un accionista transfiere capital, deberá notificarlo por escrito a los demás accionistas y obtener su consentimiento. Si los demás accionistas no responden dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la notificación por escrito, se considerará que han aceptado la transferencia. Si más de la mitad de los demás accionistas no estuvieran de acuerdo con la transferencia, los accionistas que no estuvieran de acuerdo con la transferencia comprarán las acciones transferidas; los que no estuvieran de acuerdo con la transferencia se considerarán que han estado de acuerdo con la transferencia;
En las mismas condiciones, los demás accionistas tienen derecho de preferencia sobre el patrimonio transferido con el consentimiento de los accionistas. Si dos o más accionistas pretenden ejercer el derecho de preferencia, negociarán para determinar sus respectivas proporciones de compra; si la negociación fracasa, el derecho de preferencia se ejercerá según la proporción de sus respectivos aportes de capital al momento de la compra; transferir.
Si los estatutos de la sociedad contienen otras disposiciones sobre transferencia de capital, prevalecerán dichas disposiciones.
Artículo 72: Cuando el tribunal popular transfiera el patrimonio de un accionista de acuerdo con los procedimientos de ejecución prescritos por la ley, notificará a la empresa y a todos los accionistas que los demás accionistas tienen el derecho de preferencia en las mismas condiciones. Si otros accionistas no ejercen su derecho de preferencia dentro de los 20 días siguientes a la fecha de la notificación por parte del Tribunal Popular, se considerará que han renunciado a su derecho de preferencia.