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Enciclopedia de terminología del derecho económico

La explicación completa de los términos del derecho económico es la siguiente:

Derecho económico: es el término general para las normas jurídicas que ajustan las relaciones económicas que se dan en el proceso de coordinación nacional de las operaciones económicas. Es un departamento jurídico independiente e importante.

En nuestro país, el derecho económico es el departamento jurídico que realiza ajustes integrales, sistemáticos, integrales e integrales a las relaciones económicas de mercado socialistas. En esta etapa, ajusta principalmente las relaciones de gestión económica y las relaciones de coordinación comercial dentro de un cierto rango en el proceso de producción y reproducción social, siendo diversas organizaciones los sujetos básicos.

El derecho económico es "ley de base social", "ley de asignación de intereses y recursos" y "ley de desarrollo económico". Estos tres atributos esenciales construyen la esencia del derecho económico desde tres aspectos. Lo que hay que subrayar aquí es que no podemos tratar mecánicamente los tres atributos esenciales por separado, ni siquiera pensar que la contradicción entre ellos es irreconciliable.

O creer subjetivamente que los atributos de un determinado aspecto pueden ser superiores o dominar a los otros dos aspectos, o incluso sustituir a los otros dos aspectos. Por ejemplo, el derecho económico es la ley del desarrollo económico para negar el estándar social del derecho económico, y la orientación del valor estándar social del derecho económico se utiliza para cuestionar la realización normal de su función de distribución de beneficios, etc.

El derecho económico es el derecho social. A diferencia de la teoría del derecho público económico, aunque esta teoría se basa en la división del derecho público y el derecho privado, cree que existe un tercer campo independiente además del derecho público y el derecho privado, a saber, el derecho social. Muchos estudiosos de nuestro país están de acuerdo con esta teoría.