¿Cuál es la duración máxima de detención en un centro de detención?
El período de investigación y custodia de un sospechoso de delito después de su arresto no excederá de dos meses.
Según el artículo 156 de la Ley de Procedimiento Penal: el período de investigación y detención de un sospechoso de un delito después del arresto no excederá los dos meses. Si el caso es complejo y no puede concluirse una vez transcurrido el plazo, podrá prorrogarse por un mes con la aprobación de la Fiscalía Popular del nivel inmediatamente superior.
Para casos particularmente graves y complejos que no son aptos para ser juzgados dentro de un período de tiempo relativamente largo debido a razones especiales, la Fiscalía Popular Suprema presentará el caso al Comité Permanente de la Asamblea Popular Nacional para su aprobación. posponer el juicio. El sospechoso de un delito podrá ser condenado a una pena de prisión de duración determinada de diez años o más. Si el plazo de prórroga expira de conformidad con lo dispuesto en el artículo 158 de esta Ley y la investigación aún no puede concluir, el plazo podrá prorrogarse por otros dos. años con la aprobación o decisión de la Fiscalía Popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central.
Información ampliada:
Requisitos pertinentes para el proceso penal:
1. Durante la investigación, si se determina que el sospechoso ha cometido otros delitos importantes, deberá Será procesado desde el descubrimiento. El período de investigación y detención se recalculará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 156 de esta Ley a partir de esa fecha.
2. Si un sospechoso de un delito no dice su verdadero nombre o dirección y se desconoce su identidad, su identidad será investigada. El período de investigación y detención se computará a partir de la fecha en que se descubra su identidad. pero no se detendrá la investigación ni la recopilación de pruebas de su conducta delictiva. Si los hechos del delito son claros, las pruebas son fiables y suficientes y, efectivamente, es imposible identificar a la persona, ésta podrá ser procesada y juzgada basándose en el nombre que informó.
3. Antes de concluir la investigación del caso, si el abogado defensor hace una solicitud, el organismo de investigación escuchará las opiniones del abogado defensor y las dejará constancia en el acta. Si el abogado defensor presenta dictámenes escritos, se adjuntarán al expediente.
Gobierno Central Popular-Ley de Procedimiento Penal