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Leyes relevantes en la industria de franquicias voluntarias

La modificación añade un artículo después del artículo 224 de la Ley Penal. Como artículo 224-1: “Organizar y dirigir actividades comerciales tales como vender bienes y prestar servicios, exigir a los participantes que obtengan calificaciones para unirse mediante el pago de tarifas o la compra de bienes y servicios, etc., formando jerarquías en un orden determinado, directa o indirectamente Cualquier persona que utilice el número de personas que desarrolla como recompensa o soborno para inducir o coaccionar a los participantes a continuar desarrollando esquemas piramidales que defrauden a otros y alteren el orden económico y social será sentenciado a una pena de prisión de no más de cinco años o detención penal. , y también será multado; en los casos graves, será sancionado con la pena privativa de libertad fija de cinco años, y estará sujeto al pago de multas."

Interpretación de las actividades ilegales y delictivas de la pirámide organizativa. programas "atrayendo gente" y recaudando "cuotas de entrada". Perturbar gravemente el orden social, afectar la estabilidad social y causar daños graves. en la práctica judicial anterior. En estos casos se persigue principalmente la responsabilidad penal basada en diferentes circunstancias de los esquemas piramidales, incluidos delitos comerciales ilegales, fraude, fraude para recaudar fondos y otros delitos. Para adaptarse a la nueva situación, esta vez se revisó la ley penal y se agregaron disposiciones para organizar y dirigir actividades de venta piramidal.