¿Los depósitos antes del matrimonio siguen siendo propiedad personal después del matrimonio?
Los ahorros personales antes del matrimonio son propiedad personal, no la misma propiedad del marido y la mujer. Los bienes de propiedad conjunta del marido y la mujer se refieren a los bienes de propiedad conjunta del marido y la mujer durante la existencia de la relación entre marido y mujer. A partir de la fecha de establecimiento de la relación matrimonial, prevalecerá la fecha de inscripción del acta de matrimonio. Los bienes prematrimoniales de uno de los cónyuges son los bienes individuales adquiridos por una de las partes y no se convertirán en bienes comunes por la continuación o transferencia de la relación prematrimonial. Los ahorros personales antes del matrimonio no pertenecen al mismo patrimonio después del matrimonio. El alcance de los mismos bienes entre marido y mujer se limita a los bienes adquiridos por uno o ambos cónyuges después del matrimonio.
Los ahorros personales antes del matrimonio no pertenecen al mismo patrimonio después del matrimonio. El alcance del mismo patrimonio entre marido y mujer se limita a los bienes adquiridos por uno o ambos cónyuges después del matrimonio. Los bienes prematrimoniales de uno de los cónyuges son los bienes individuales adquiridos por una de las partes y no se convertirán en bienes comunes por la continuación o transferencia de la relación prematrimonial.
Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”
Artículo 1.062 Son bienes comunes del marido y la mujer los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante la relación matrimonial y pertenecen al marido y a la mujer: (1) salarios, bonificaciones y remuneraciones por servicios laborales (2) ingresos por operaciones de producción e inversiones (3) ingresos por derechos de propiedad intelectual (4) bienes heredados o donados; salvo lo previsto en el artículo 1063 de esta Ley. Salvo lo especificado en los tres incisos (5) Otros bienes que deban pertenecer a * * *. El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes.
Artículo 1063 Son bienes muebles de uno de los cónyuges: (1) Los bienes de uno de los cónyuges antes del matrimonio; (2) La compensación o compensación recibida por una de las partes por causa de daños personales; La propiedad en un contrato de testamento o donación Propiedad que se determina que pertenece solo a una de las partes (4) artículos de primera necesidad utilizados exclusivamente por una de las partes (5) otros bienes que deberían ser propiedad de una de las partes;