Leyes corruptas
El artículo 385 de la Ley Penal de mi país estipula: Si un funcionario del Estado se aprovecha de su cargo para extorsionar bienes ajenos, o acepta ilegalmente bienes ajenos para buscar beneficios para otros, es un delito de aceptar sobornos.
Si un empleado estatal viola las regulaciones estatales en transacciones económicas y acepta sobornos y honorarios de manejo a diversos nombres, que son propiedad de particulares, será castigado por el delito de aceptar sobornos.
1. Los recaudadores de impuestos son los actores principales: los funcionarios estatales.
2. Los bienes que recibió estaban relacionados con sus funciones y constituían una recompensa indebida por sus funciones.
3. Su conducta de cohecho pertenece al delito de aceptación de cohecho por parte de un tercero (su esposa), lo que no afecta la constitución del delito de aceptación de cohecho. Si el tercero tiene conocimiento de esto, es culpable de soborno.
4. Su conducta de soborno se manifiesta en la aceptación de sobornos en forma de transacciones. Cualquiera que venda bienes a un precio significativamente superior al precio de mercado será castigado por aceptar sobornos. El monto de los sobornos aceptados se calcula en base a la diferencia entre el precio del mercado local en el momento de la transacción y el precio de entrega real.