¿Qué efecto jurídico tiene la firma de un contrato electrónico?
Base jurídica: Según el artículo 469 del Código Civil, las partes pueden celebrar un contrato en forma escrita, oral u otras formas.
Por forma escrita se entiende los contratos, cartas, telegramas, télex, faxes y otras formas que puedan expresar tangiblemente el contenido de los mismos.
Mensajes de datos que pueden expresar contenido de forma tangible a través del intercambio electrónico de datos, correo electrónico, etc. , y podrán ser recuperadas en cualquier momento, se considerarán realizadas por escrito.
Según el artículo 3 de la "Ley de Firma Electrónica de la República Popular China", las partes pueden acordar utilizar o no firmas electrónicas y mensajes de datos en contratos u otros documentos y comprobantes en actividades civiles.
No se negará el efecto jurídico de los documentos acordados por las partes en forma de firmas electrónicas o mensajes de datos por el solo hecho de tener la forma de firmas electrónicas o mensajes de datos.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no se aplica a los siguientes documentos:
(1) los de matrimonio, adopción, herencia y otras relaciones personales;
(2) aquellos que involucran terrenos, transferencia de derechos inmobiliarios como casas;
(3) que involucran el cese del suministro de agua, calefacción, suministro de gas, suministro de energía y otros servicios públicos;
(4) Leyes y reglamentos administrativos que prohíben Otras situaciones en las que son aplicables los documentos electrónicos.