Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - El divorcio se divide en bienes prematrimoniales o bienes postmatrimoniales.

El divorcio se divide en bienes prematrimoniales o bienes postmatrimoniales.

El divorcio generalmente no divide los bienes prematrimoniales, pero sí divide los bienes posmatrimoniales. Los bienes prematrimoniales se refieren a los bienes que una de las partes ha adquirido antes del matrimonio. Pertenecen a los bienes personales de una de las partes y no se convertirán en bienes conjuntos de la pareja debido a la existencia de la relación matrimonial. Los bienes conyugales generalmente se refieren a los bienes adquiridos por el marido y la mujer durante el matrimonio. Es propiedad conjunta del marido y la mujer y debe dividirse en caso de divorcio.

Base Legal

Artículo 1062 del Código Civil

Los siguientes bienes adquiridos por una pareja durante el matrimonio son bienes comunes de los cónyuges y pertenecen a los cónyuges :

(1) Salarios, bonificaciones y remuneraciones por servicios laborales;

(2) Ingresos por producción, operación e inversión;

(3) Ingresos por derechos de propiedad intelectual;

(4) Los bienes heredados o donados, salvo lo previsto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley;

(5) Los demás bienes que deban pertenecer a * * *.

El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes.

Artículo 1063

Son bienes muebles de uno de los cónyuges:

(1) Los bienes prematrimoniales de una de las partes;

(2) Compensación o compensación recibida por una de las partes por daños personales;

(3) Bienes determinados como pertenecientes únicamente a una de las partes en el contrato de testamento o donación;

(4) Artículos de primera necesidad utilizados exclusivamente por una de las partes;

(5) Otros bienes que deban pertenecer a una de las partes.