Es hora de que los accionistas suscriban aportes de capital
Análisis legal: El último momento para la suscripción no será posterior a la fecha de vencimiento del período de funcionamiento de la empresa. Si los estatutos de la empresa contienen disposiciones especiales sobre el momento para el pago del capital social, el pago se realizará. realizado de conformidad con los estatutos de la empresa. El plazo para que los accionistas suscriban aportes de capital generalmente se determina con base en la fecha estipulada en los estatutos de la empresa. Y dentro de este plazo, los accionistas se comprometen a pagar el aporte de capital en moneda, o pueden pagar el aporte de capital en especie, propiedad intelectual, derechos de uso de suelo y otras propiedades no dinerarias. Los accionistas podrán realizar aportes dinerarios, o podrán realizar aportes de capital en especie, derechos de propiedad intelectual, derechos de uso de suelo y otras propiedades no dinerarias que puedan valorarse en moneda y transferirse de conformidad con la ley, sin embargo, las propiedades que no estén permitidas; Se excluyen los aportes que puedan utilizarse como capital según las leyes y reglamentos administrativos.
Los bienes no dinerarios utilizados como aporte de capital deberán ser evaluados y verificados, y no deberán estar sobrevaluados ni subvaluados. Si las leyes y reglamentos administrativos tuvieren disposiciones sobre valoración y valoración, prevalecerán dichas disposiciones.
Base jurídica: "Ley de Sociedades de la República Popular China" Artículo 28 Los accionistas deberán pagar el monto del aporte de capital estipulado en los estatutos de la empresa en su totalidad y a tiempo. Si un accionista aporta capital en moneda, el importe total del aporte dinerario se depositará en la cuenta bancaria de la sociedad de responsabilidad limitada; si el accionista aporta capital en bienes no dinerarios, los procedimientos de transferencia de sus derechos de propiedad se completarán de acuerdo con la ley. Si un accionista no paga los aportes de capital de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, además de pagar a la sociedad la totalidad, también responderá por incumplimiento de contrato frente a los accionistas que hayan pagado los aportes de capital íntegramente y en tiempo.