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¿Cuál es el contenido de las relaciones económicas y jurídicas?

Las relaciones jurídicas económicas se refieren a las relaciones de derechos y obligaciones que se forman después de que las relaciones económicas son confirmadas y ajustadas por normas jurídicas económicas, es decir, las relaciones de derechos y obligaciones formadas entre sujetos de derecho económico en el proceso de gestión nacional y coordinación de la economía de acuerdo con normas jurídicas económicas. Los elementos de las relaciones jurídicas económicas se refieren a las condiciones necesarias para las relaciones jurídicas económicas, las cuales se componen de tres elementos: sujeto, contenido y objeto. El ámbito temático del derecho económico de mi país es el siguiente: 1. Agencias estatales. empresas y otras organizaciones sociales. Organización interna y personal relacionado. Hogares industriales y comerciales individuales, operadores de contratos rurales y ciudadanos.

La relación jurídica económica es un tipo de relación jurídica y una relación de derechos y obligaciones con contenido de gestión pública que se forma durante el ajuste de las actividades sociales y económicas por las normas jurídicas económicas. Las leyes departamentales que caen dentro del alcance del derecho económico incluyen la ley de competencia, la ley del consumidor, la ley bancaria, la ley de valores, la ley fiscal y tributaria, la ley laboral, la ley de tierras, la ley de bienes raíces, la ley de protección ambiental, etc. La aparición, modificación y eliminación de las relaciones económicas y jurídicas deben cumplir las siguientes condiciones: 1. Regulaciones económicas y legales. 2. Sujeto de derecho económico. 3. Hechos económicos y jurídicos.

En las relaciones jurídicas laborales, se encuentra regulado principalmente por la legislación laboral. En segundo lugar, depende de si el tema está calificado. El artículo 2 de la Ley del Trabajo estipula que esta ley se aplica a las empresas y organizaciones económicas individuales dentro del territorio de la República Popular China (en adelante denominadas empleadores) y a los trabajadores que establecen relaciones laborales con ellas. Los organismos estatales, las instituciones, los grupos sociales y los trabajadores con quienes tengan establecidos contratos laborales deberán cumplir con esta ley.

Nota también: Artículo 15

Los empleadores tienen prohibido contratar menores de 16 años. Supongamos que el empleador es A y el empleado es B. Siempre que ambas partes cumplan con las condiciones y de acuerdo con los principios básicos de los contratos laborales, se puede firmar un contrato laboral. ¡Se producirán relaciones jurídicas laborales!

Durante el período del contrato laboral, diversas circunstancias suelen llevar a la necesidad de cambiar la relación laboral original. La modificación de un contrato de trabajo se refiere al acto jurídico por el cual ambas partes modifican, añaden o eliminan el contrato de trabajo original de acuerdo con las condiciones y procedimientos prescritos por la ley. Si el empleador A no paga el salario del empleado B o reduce sus beneficios, el empleado B es incompetente o no tiene necesidad de continuar realizando los proyectos laborales originalmente acordados, etc. , puede provocar cambios en las relaciones laborales.

La eliminación de las relaciones jurídicas laborales se refiere a la terminación de la vigencia del contrato de trabajo cuando éste se ajusta a las disposiciones legales o a las circunstancias pactadas por las partes. Si el empleador A quiebra, se disuelve, cierra o es revocado de conformidad con la ley, el empleado B alcanza la edad legal de jubilación y pierde la capacidad de trabajar y muere, el período de contrato acordado y las condiciones de terminación acordadas; aparecen entre el empleador A y el empleado B, lo que puede conducir a este tipo de situación La abolición de las relaciones laborales.

El ámbito de las relaciones jurídicas económicas es muy amplio y está muy relacionado con nuestra vida. Sólo explicaré brevemente el proceso de creación, modificación y eliminación de las relaciones jurídicas laborales. Los detalles de la aparición, el cambio y la eliminación de diferentes relaciones económicas son diferentes, pero los elementos generales son similares.