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Ley de Anuncio de Epidemia

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El artículo 39 de la "Ley de Prevención y Control" estipula que cuando una enfermedad infecciosa estalla o se vuelve popular, el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado es responsable de anunciar la información epidémica de la enfermedad infecciosa a al público, y podrá autorizar a los habitantes de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central a que los departamentos administrativos de salud del Gobierno publiquen al público información sobre epidemias de enfermedades infecciosas en sus respectivas regiones administrativas. La autorización de esta ley determina que, en circunstancias normales, el departamento administrativo de salud del gobierno es el primer departamento estatutario en captar información relacionada con las epidemias de enfermedades infecciosas y el seguimiento y alerta temprana. Para permitir que otros departamentos gubernamentales pertinentes comprendan la situación epidémica de las enfermedades infecciosas lo antes posible y ayudar activamente en la prevención y el control de las enfermedades infecciosas, y para permitir que los departamentos administrativos de salud de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente bajo el Gobierno Central para comprender la situación epidémica de enfermedades infecciosas en todo el país lo antes posible y tomar diversas medidas preventivas lo antes posible, este artículo estipula que el Consejo de Estado El departamento administrativo de salud notificará de inmediato a otros departamentos relevantes del Consejo de Estado y los departamentos administrativos de salud de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central de información relevante sobre la situación epidémica nacional y el seguimiento y alerta temprana de enfermedades infecciosas; los departamentos administrativos de salud de los gobiernos populares locales vecinos y pertinentes; notificarse mutuamente con prontitud sobre las enfermedades infecciosas en sus respectivas regiones y la información relacionada con la vigilancia y la alerta temprana.

Sin embargo, en algunas circunstancias especiales, otros departamentos gubernamentales relevantes comprenderán primero la situación epidémica de las enfermedades infecciosas. Para tomar medidas preventivas oportunas y efectivas, este artículo estipula que cuando los departamentos pertinentes del gobierno popular a nivel de condado o superior descubran una epidemia de enfermedades infecciosas, deberán informarlo de inmediato al departamento administrativo de salud del gobierno popular en el mismo nivel.

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