Medidas de Implementación del “Reglamento de Gestión del Sacrificio de Cerdos”
(1) Responsable de la organización e implementación de las normas de gestión del sacrificio de cerdos;
(2) Formular el plan de desarrollo para la industria del sacrificio de cerdos y organizar su implementación;
(3) Formular normas y reglamentos de gestión del sacrificio de cerdos, especificaciones de diseño del matadero (de campo), procedimientos operativos del sacrificio, procedimientos de inspección del sacrificio y normas de calidad de los productos porcinos, y supervisar su implementación;
(4) Responsable de la gestión del sacrificio de cerdos Revisión administrativa de los casos relevantes;
(5) Responsable de otros trabajos en la gestión de la industria del sacrificio de cerdos. Artículo 7 Los departamentos administrativos de circulación de productos de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central son responsables de la gestión de la industria de matanza de cerdos y de la supervisión y gestión de las actividades de matanza dentro de sus respectivas regiones administrativas. Sus responsabilidades son:
(1) Implementar las leyes, reglamentos y normas pertinentes para la gestión del sacrificio de cerdos y realizar supervisión e inspección;
(2) De acuerdo con las regulaciones nacionales formuladas por el departamento administrativo de circulación de productos del Consejo de Estado El plan de desarrollo de la industria del sacrificio de cerdos propone el plan de establecimiento de la planta de sacrificio de cerdos (campo), que se organizará e implementará después de la aprobación del gobierno popular al mismo nivel, y se presentará ante el departamento administrativo de circulación de productos del Consejo de Estado;
(3) Orientando la ciudad, el departamento administrativo de circulación de productos del gobierno popular del condado implementa la planificación de los mataderos (sitios) designados y supervisa la aplicación de la ley en materia de sacrificio. gestión;
(4) Responsable de la revisión administrativa de los casos relacionados con la gestión del sacrificio de cerdos;
(5) Responsable de otras tareas en la gestión de la industria del sacrificio de cerdos. Artículo 8 Los departamentos administrativos de circulación de productos de los gobiernos populares municipales y de condado son responsables de la gestión de la industria del sacrificio de cerdos y de la supervisión y gestión de las actividades de sacrificio dentro de sus respectivas regiones administrativas. Sus responsabilidades son:
(. 1) Implementar las leyes y reglamentos de gestión del sacrificio de cerdos y las normas pertinentes, y realizar una supervisión y gestión diarias;
(2) De acuerdo con la planificación para el establecimiento de plantas (campos) de sacrificio de cerdos designadas determinadas por el pueblo gobiernos de provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del gobierno central, y trabajar con los departamentos pertinentes para proponer a los gobiernos populares municipales y de condado. Las opiniones sobre el establecimiento de mataderos (campos) designados se organizarán e implementarán después de su aprobación, y se presentado ante el departamento administrativo de circulación de mercancías del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central.
(3) Las plantas de matanza designadas (campos) determinadas por los gobiernos populares municipales y del condado recibirán señales de matanza designadas.
(4) Supervisión y gestión del personal encargado de hacer cumplir la ley; responsable de la gestión del sacrificio;
(5) Responsable de otras tareas en la gestión de la industria del sacrificio de cerdos. Artículo 9 De conformidad con las disposiciones del Reglamento y de estas Medidas, los departamentos administrativos de circulación de productos de los gobiernos populares de todos los niveles deben establecer organismos especializados de gestión y supervisión del sacrificio de cerdos y estar equipados con el personal de gestión y supervisión correspondiente. Capítulo 3 Determinación de los mataderos (campos) designados Artículo 10 El establecimiento de los mataderos (campos) designados debe adherirse a los principios de planificación unificada, diseño razonable, circulación favorable, conveniencia para las masas y facilidad de cuarentena y gestión. Artículo 11 Para solicitar el establecimiento de un matadero (sitio) designado, se debe presentar una solicitud por escrito y los materiales técnicos pertinentes. Después de la revisión por parte de los departamentos administrativos de circulación de productos de los gobiernos populares municipales y distritales junto con los departamentos pertinentes, se informarán a los gobiernos populares del mismo nivel para su aprobación. Artículo 12 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento, la ubicación de los mataderos (sitios) designados deberá cumplir con las normas nacionales sobre protección ambiental, higiene de los alimentos y prevención de epidemias animales. Artículo 13 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 (1) del Reglamento, las plantas (campos) de sacrificio designadas deben tener suficientes fuentes de agua proporcionales a la escala del sacrificio, y la calidad del agua debe cumplir con las normas nacionales de higiene del agua potable urbana y rural. . Artículo 14 Según el apartado 2 del artículo 7 del Reglamento, los mataderos (campos) designados deben estar equipados con salas de espera, salas de sacrificio y salas de sacrificio de emergencia.
Su construcción y distribución deben cumplir con las especificaciones de diseño y regulaciones sanitarias nacionales e industriales.
La sala de espera debe estar equipada con corrales de espera para cerdos, corrales de aislamiento para cerdos enfermos e instalaciones de lavado de vehículos para el transporte de cerdos. Los corrales deben estar equipados con instalaciones como ventilación, agua potable y duchas. Su suelo debe ser impermeable y fácil de limpiar. La capacidad del corral generalmente no es menor que el volumen diario de sacrificio.
Los equipos de sacrificio de cerdos en el matadero deben contar con utensilios de cáñamo, barras para colgar, ganchos, mesas operativas de clasificación de vísceras, piscinas de escaldado y equipos especiales para productos porcinos que cumplan con las normas sanitarias nacionales.
La entrada y salida del matadero de emergencia deberá estar dotada de una piscina de desinfección.
Los mataderos (campos) designados deben utilizar vehículos especiales que cumplan con las normas sanitarias nacionales. Los cerdos y los productos porcinos deberán transportarse mediante medios de transporte diferentes. Para el transporte de lonchas de carne se deben utilizar vehículos especiales con instalaciones a prueba de polvo o para colgar, y no se permite el transporte al aire libre. Artículo 15 De conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 7 del Reglamento, los mataderos (lugares) designados deberán estar equipados con personal de sacrificio proporcional a la escala del sacrificio. Los mataderos deben poseer un certificado de salud expedido por una institución médica a nivel de condado o superior, y un certificado de formación profesional expedido por el departamento administrativo de circulación de productos del gobierno popular municipal o de condado.