Después del matrimonio, si una de las partes dona los bienes de la pareja casada a sus hermanos, ¿necesita obtener el consentimiento de su cónyuge e hijos?
1. Todos los bienes que posee una pareja pertenecen a ambas partes. Si necesita dárselo a otra persona, se requiere el consentimiento de su cónyuge. (Los niños no están obligados).
2. Si el valor del bien donado es pequeño, cualquiera de los cónyuges puede disponer de él, generalmente sin el consentimiento del otro cónyuge.
3. Si el valor de la propiedad es relativamente grande, se debe obtener el consentimiento de la otra parte, de lo contrario será inválido. Sin embargo, si la otra parte tiene conocimiento del acto y no formula objeción a tiempo, se considerará que ha aceptado la donación. Transcurrido un plazo, la ley no admitirá una solicitud de nulidad basada en falta de consentimiento.
4. Si el valor de la propiedad es grande y no se obtiene el consentimiento de la otra parte, puede solicitar al tribunal que confirme que el obsequio no es válido y, además, donar la propiedad.