¿A qué aspectos se debe prestar atención al firmar un contrato electrónico y cómo puede ser legalmente efectivo?
(2) Asegúrese de que el formato del mensaje de datos sea el mismo que cuando se generó, envió o recibió, o que el formato sea diferente pero pueda representar con precisión el contenido original cuando se generó, envió o recibido.
(3) Asegúrese de que se pueda identificar el remitente y el receptor del mensaje de datos y el momento de envío y recepción.
¡Los contratos electrónicos están reconocidos por la legislación nacional y tienen la misma validez que los contratos en papel!
La ley establece claramente que los contratos electrónicos y los contratos en papel tienen el mismo efecto.
La “Ley de Firma Electrónica” aclara la licitud y validez de las firmas electrónicas:
Artículo 3: En las actividades civiles, las partes podrán acordar el uso de firmas electrónicas en contratos u otros documentos y materiales O no utilizar firmas electrónicas y mensajes de datos.
Artículo 14 La firma electrónica fehaciente tiene los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita o el sello.
La Ley de Contratos reconoce el atributo de forma escrita de los mensajes de datos:
Artículo 10 Las partes podrán celebrar un contrato en forma escrita, oral u otras formas.
Artículo 11 Por forma escrita se entiende los contratos, cartas, mensajes de datos (incluidos telegramas, télex, faxes, intercambios electrónicos de datos y correos electrónicos) y otras formas que puedan expresar tangiblemente el contenido. La Ley de Procedimiento Penal establece claramente que. Los datos electrónicos se incluyen como prueba en los procesos penales.
Artículo 48: Son prueba todos los materiales que puedan probar los hechos de un caso.