Red de Respuestas Legales - Directorio de abogados - El demandado no puede notificar el auto cuando el procedimiento sumario se traslada al procedimiento ordinario.

El demandado no puede notificar el auto cuando el procedimiento sumario se traslada al procedimiento ordinario.

Subjetividad jurídica:

La decisión de cambiar el procedimiento sumario a procedimiento ordinario es la siguiente: el artículo 163 de la recién revisada Ley de Procedimiento Civil estipula: “Durante el proceso de juicio, el tribunal popular determina que el procedimiento sumario es En consecuencia, cuando los tribunales populares de base utilizan procedimientos simplificados para conocer casos civiles, si el caso es complejo y no es adecuado aplicar procedimientos simplificados, deben emitir una sentencia civil a las partes cuando los procedimientos simplificados sean. convertidos a procedimientos ordinarios. Sin embargo, en la práctica procesal los procedimientos sumarios se transforman en decisiones procesales ordinarias. El Tribunal Popular Supremo no ha formulado criterios y normas correspondientes, y las prácticas de varios tribunales e incluso de los jueces dentro de los tribunales no son consistentes, especialmente si la decisión la toma el juez único original que conoció el caso o el tribunal colegiado recién formado. miembros del panel. Algunos jueces creen que pasar a los procedimientos ordinarios significa que durante la vista de un caso, un juez único considera que el caso no es apto para procedimientos sumarios y luego dicta una sentencia. El juez único debe decidir si el caso es complejo o no y si debe ser transferido a un proceso ordinario. Por tanto, el juez único deberá firmar la sentencia. Sin embargo, el autor cree que, basándose en las prácticas de trabajo del tribunal y en la consideración de normalizar los procedimientos de los casos civiles, dichas sentencias deberían ser firmadas por miembros del panel colegiado.

Objetividad Jurídica:

Artículo 170 de la “Ley de Procedimiento Civil” Si durante el proceso de juicio, el tribunal popular determina que el caso no es apto para procedimientos sumarios, resolverá trasladarlo a trámites ordinarios. Artículo 160 Las disposiciones de este capítulo se aplicarán a los tribunales populares básicos y a los tribunales designados por ellos cuando conozcan de casos civiles simples con hechos claros, derechos y obligaciones claros y disputas relativamente menores. Los tribunales populares de base y sus tribunales despachados podrán conocer de causas civiles distintas de las señaladas en el párrafo anterior, pudiendo las partes también acordar la aplicación de procedimientos simplificados.