¿Pueden los profesores tomar licencia para amamantar?
El artículo 9 del "Reglamento sobre protección laboral de las empleadas" estipula que las empleadas con bebés menores de un año deberán recibir dos períodos de lactancia (incluida la alimentación artificial) de 30 minutos por turno. Para partos múltiples, el tiempo de lactancia se incrementará en 30 minutos por cada bebé adicional. Se podrán combinar las dos horas de lactancia materna de las trabajadoras en cada turno. El tiempo de lactancia y el tiempo de desplazamiento hacia y desde la unidad se computan como tiempo de trabajo.
Cálculo del salario por lactancia materna
1. Los salarios por 3 meses y 6 meses de licencia por lactancia se basan en el salario base más el 80% de la asignación laboral y el subsidio provincial, y no afectarán. ascensos, ajuste salarial y cálculo de antigüedad.
2. A quienes hayan disfrutado de la licencia de lactancia durante más de un año (incluida la licencia de maternidad legal), se les pagará el salario habitual y se suspenderán las asignaciones por puesto y los subsidios provinciales. No se verán afectados los ascensos, ajustes salariales y cómputo de antigüedad. No se pagarán tarifas de incentivo para padres de hijos únicos.
3. Las empleadas que dan a luz a gemelos o más pueden tomar un año de licencia después del parto, y los salarios distintos de la licencia de maternidad se pagan al 80% del salario básico.
4. Tiempo de lactancia: Para las empleadas que estén criando bebés menores de un año, se les darán dos descansos para amamantar (incluida la alimentación artificial) por turno, y cada descanso para amamantar a un solo bebé será de 30 minutos. . También es posible combinar los dos periodos de lactancia. El tiempo de lactancia para gemelos y mayores se duplicará respecto al tiempo de lactancia para un hijo único. El tiempo de lactancia y el tiempo de viaje se deducirán de la cuota laboral y los salarios se pagarán como de costumbre.
5. Una vez que el bebé cumpla un año y sea diagnosticado como frágil, el período de lactancia podrá ampliarse adecuadamente, pero el período máximo no deberá exceder los seis meses.
6. Las empleadas diagnosticadas con síntomas graves del síndrome menopáusico pueden tener entre 1 y 2 días libres al mes.
7. La licencia de maternidad de las docentes se extiende durante las vacaciones de invierno y de verano, y las vacaciones de invierno y de verano pueden prorrogarse (Comisión Estatal de Educación [1992] Nº 8).
8. Las empleadas bajo el sistema de contrato laboral no podrán rescindir el contrato laboral por motivos de embarazo, parto o lactancia antes de la expiración del contrato.
9. Si tanto hombres como mujeres se casan más tarde y tienen hijos más tarde, el hombre podrá disfrutar de 5-7 días de baja por lactancia.