Procedimientos para la obtención de fondos para constituir una sociedad anónima
1. Los promotores suscriben un número determinado de acciones. Es decir, antes de emitir acciones al público, el iniciador debe confirmar que las acciones identificadas deben representar más del 35% del total de acciones. El iniciador debe completar los documentos escritos pertinentes para confirmar el número de acciones y la cantidad de acciones. cumplir con los requisitos legales.
2. Solicitar emisión pública. Primero se deben obtener los documentos que aprueben la constitución de una sociedad anónima. Luego, los promotores también deben presentar una solicitud de adquisición de acciones al departamento de gestión de valores del Consejo de Estado y presentar los materiales y documentos pertinentes requeridos. Después de la aprobación, pueden ofrecer acciones al público.
3. Suscripción y pago. Es decir, después de que el promotor obtenga la aprobación de la solicitud de emisión de acciones por parte del departamento de gestión de valores del Consejo de Estado, hará público el prospecto para que el público lo comprenda y así atraer inversionistas para que suscriban las acciones. El suscriptor completará el formulario de suscripción. para que el promotor pueda entender la situación de la suscripción para poder notificar y conectarse. Una vez que el suscriptor complete el formulario de suscripción, deberá pagar la tarifa de suscripción de acuerdo con el número y la cantidad de acciones suscritas en el formulario de suscripción dentro del tiempo especificado en el anuncio del promotor.
4. Reunión fundacional. La junta constitutiva se celebrará dentro del plazo señalado después de que se haya pagado íntegramente el capital de las acciones emitidas. La reunión está presidida por los promotores y a ella asisten los accionistas para discutir temas importantes relacionados con el establecimiento de la empresa y el establecimiento de la estructura organizativa de la empresa.
5. Solicitar el registro de establecimiento. Los miembros del Consejo de Administración y del Consejo de Supervisores elegidos por la asamblea fundacional constituyen el Consejo de Administración y el Consejo de Supervisores. Después de la reunión de fundación, el consejo de administración participa y es responsable principalmente del establecimiento y registro de la sociedad anónima.
6. Anuncio y presentación. Una vez establecida la empresa, se debe anunciar. Además, una vez registrada y establecida una sociedad anónima, si adopta el método de obtención de acciones, la situación de la obtención de acciones se informará al departamento de gestión de valores del Consejo de Estado para su registro.
Base Legal
El artículo 84 de la "Ley de Sociedades Anónimas" estipula: Cuando una sociedad anónima se constituya mediante la captación de fondos, las acciones suscritas por los promotores no serán inferiores a 35 % del número total de acciones de la sociedad. Sin embargo, si las leyes y reglamentos administrativos dispusieran lo contrario, prevalecerán dichas disposiciones;