La Convención contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas fue la primera convención que definió los delitos relacionados con las drogas como crímenes internacionales. La Convención no es sólo el primer documento estándar legal internacional formulado por la comunidad internacional, sino también el primer documento estándar legal internacional formulado por las Naciones Unidas para castigar el lavado de dinero transnacional. Análisis: Esta Convención fue adoptada en la Sexta Sesión Plenaria de la Conferencia de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas celebrada en Viena, Austria, en febrero de 1988, y entró en vigor el 1 de octubre de 1990. También se la conoce como la Convención de Viena. Firmado por China el 20 de febrero de 1988. El Comité Permanente de la Asamblea Popular Nacional de China aprobó la convención el 4 de septiembre de 1989. La Convención no es sólo la comunidad internacional sino también el primer documento estándar legal internacional formulado por las Naciones Unidas para castigar los delitos de lavado de dinero transnacional. Sus contenidos principales incluyen: definir claramente el concepto de delito de lavado de dinero de drogas; estipular claramente los medios de derecho penal para combatir el lavado de dinero de drogas y las obligaciones obligatorias de los Estados partes y especificaciones preliminares para el mecanismo de cooperación internacional para la investigación e identificación del lavado de dinero de drogas; crímenes. Esta Convención fue adoptada en la sexta reunión plenaria de la Conferencia de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, celebrada en Viena, Austria, el 19 de febrero de 2009, y se oficializó el 5438 0990 065438 de junio de 2009. Entra en vigor en vigor, también conocida como Convención de Viena. Firmado por China el 20 de febrero de 1988. El Comité Permanente del Congreso Nacional Popular de China ratificó la Convención el 4 de septiembre de 1989. La Convención no es sólo la comunidad internacional sino también el primer documento estándar legal internacional formulado por las Naciones Unidas para castigar los delitos de lavado de dinero transnacional. Sus contenidos principales incluyen: definir claramente el concepto de delito de lavado de dinero de drogas; estipular claramente los medios de derecho penal para combatir el lavado de dinero de drogas y las obligaciones obligatorias de los Estados partes y especificaciones preliminares para el mecanismo de cooperación internacional para la investigación e identificación del lavado de dinero de drogas; crímenes. China se ha adherido a tres convenciones internacionales antidrogas: la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961, la Convención sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971 y la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas. Convención Única sobre Estupefacientes de 1961, Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971, Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas. La Convención Única sobre Estupefacientes de 1961 y el Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971 fueron adoptados en China en 1985. La Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, firmada el 20 de febrero de 1988, también establece que no está obligada por los párrafos 2 y 3 del artículo 32 de la Convención. 1.Convención Única sobre Estupefacientes. Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas. Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas. El primer tratado internacional antidrogas del mundo es la Convención Internacional sobre Control de Narcóticos. Firmado en La Haya el 23 de octubre de 1912.
Base legal:
El artículo 348 de la “Ley Penal” estipula que por el delito de posesión ilegal de drogas, se considerará posesión ilegal de más de un kilogramo de opio, cincuenta kilogramos de heroína. o metanfetamina Quienes posean ilegalmente más de 200 gramos pero menos de un kilogramo de opio, más de diez gramos pero menos de cincuenta gramos de heroína o metanfetamina, u otras posesiones ilegales, serán condenados a pena privativa de libertad de no menos de siete años. o cadena perpetua y multa si la cantidad de drogas es relativamente grande, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión o control penal, y también multa si las circunstancias son graves; Será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y también multa.