¿La disputa por el derecho a la vida es penal o civil?
Análisis jurídico: Respecto a la cuestión de si el conflicto por el derecho a la vida entra dentro del ámbito del derecho penal o del derecho civil. Se deben discutir situaciones específicas. En primer lugar, las disputas sobre el derecho a la vida son sólo infracciones civiles y no constituyen delitos penales. Caen dentro del alcance de las disputas legales civiles y están sujetas a ajustes por las leyes civiles y las leyes civiles pertinentes, como la Ley de Responsabilidad Civil. En segundo lugar, si la conducta constituye un delito, está sujeta a ajuste tanto por el derecho penal como por el derecho civil. Existen dos relaciones jurídicas diferentes. En el aspecto penal, se trata del uso del poder penal del país; en el lado civil, puede involucrar cuestiones de litigio civil adjunto a asuntos penales, que están sujetos a ajustes por las leyes civiles pertinentes.
Base jurídica: "Ley penal de la República Popular China" Artículo 13 Todas las actividades que pongan en peligro la soberanía nacional, la integridad territorial y la seguridad, dividan el país, subviertan el poder de la dictadura democrática popular y derroquen a la dictadura socialista. sistema, destruir el orden social y el orden económico, vulnerar la propiedad estatal o la propiedad colectiva de los trabajadores, vulnerar la propiedad privada de los ciudadanos, vulnerar los derechos personales de los ciudadanos, los derechos democráticos y otros derechos, y otros actos que ponen en peligro a la sociedad y deben ser castigados conforme a la ley, son todos delitos, pero si las circunstancias son evidentemente menores y el daño no es grande, no se consideran delitos.
"Ley de Responsabilidad Extracontractual"
Artículo 2: Ámbito de protección, infracción de derechos e intereses civiles, asumirá la responsabilidad extracontractual de conformidad con esta ley. Los derechos e intereses civiles mencionados en esta Ley incluyen el derecho a la vida, la salud, el nombre, la reputación, el honor, el retrato, la intimidad, la autonomía matrimonial, la custodia, la propiedad, los derechos de usufructo, las garantías reales, los derechos de autor y los derechos de patente, derechos exclusivos de marcas. , derechos de descubrimiento, patrimonio, derechos de herencia y otros derechos personales y patrimoniales.
Artículo 3: Derecho de petición del infractor. El infractor tiene derecho a exigir al infractor que asuma la responsabilidad de la infracción.
Artículo 4: Agregación de Responsabilidades Jurídicas y Principio de Prioridad de la Responsabilidad Civil
Si un infractor debe soportar responsabilidad administrativa o penal por el mismo hecho, ello no afecta la responsabilidad por infracción según la ley. Si por el mismo hecho debe soportarse la responsabilidad extracontractual, la responsabilidad administrativa y la responsabilidad penal, y los bienes del infractor son insuficientes para pagar, se soportará en primer lugar la responsabilidad extracontractual.