Medidas provisionales para la supervisión y administración de las inversiones en el extranjero por parte de empresas centrales
Las subempresas en todos los niveles de las empresas centrales deben establecer y mejorar sistemas de gestión de inversiones en el extranjero de acuerdo con la ley, cumplir estrictamente las regulaciones sobre la gestión de inversiones en el extranjero de las empresas centrales y fortalecer la toma de decisiones de inversión en el extranjero. y gestión de ejecución. Artículo 5 La inversión en el extranjero seguirá los siguientes principios:
(1) De acuerdo con el plan nacional de desarrollo económico y social y la política de la industria de inversión en el extranjero;
(2) De acuerdo con el diseño y ajuste estructural de la economía estatal Dirección;
(3) De acuerdo con la estrategia de desarrollo y la estrategia de internacionalización de la empresa, destacando el negocio principal y propiciando la mejora de la competitividad internacional de la empresa;
(4) Escala de inversión y gestión de activos empresariales Escala, niveles de activos y pasivos, capacidades financieras reales y asequibilidad financiera;
(5) Cumplir con las leyes y políticas del país (región ) donde se realiza la inversión, y respetar las costumbres y hábitos locales. Artículo 6 El sistema de gestión de inversiones en el extranjero de las empresas centrales deberá informarse a la SASAC para su archivo. El sistema de gestión de inversiones en el extranjero debe incluir los siguientes contenidos principales:
(1) La ideología rectora y los principios de la inversión en el extranjero;
(2) Las instituciones de gestión de inversiones en el extranjero y sus responsabilidades;
(3) Procedimientos de toma de decisiones y procedimientos de gestión de inversiones en el extranjero;
(4) Sistema de gestión de riesgos de inversiones en el extranjero.
(5) Sistema de evaluación, valoración, auditoría y rendición de cuentas de inversiones en el extranjero;
(6) Sistema de supervisión y gestión de inversiones en el extranjero para empresas subordinadas. Artículo 7 Las empresas centrales prepararán planes anuales de inversión en el extranjero basados en planes de inversión en el extranjero y los presentarán a SASAC a tiempo según sea necesario.
El plan anual de inversión en el extranjero debe incluir los siguientes contenidos principales:
(1) La escala total, fuente y composición de la inversión en el extranjero;
(2) Proyectos de inversión clave Información básica (incluidos antecedentes del proyecto, contenido del proyecto, estructura de capital, ubicación de la inversión, monto de la inversión, plan de financiamiento, período de implementación, análisis de riesgos y beneficios de la inversión, etc.)).
Los proyectos de inversión clave se refieren a las empresas centrales y Los proyectos de inversión de sus filiales en todos los niveles son decididos por el máximo órgano de toma de decisiones de inversión de acuerdo con el sistema de gestión de inversiones interno y externo. Artículo 8 La Comisión de Supervisión y Administración de Activos de Propiedad del Estado (SASAC) registrará los grandes proyectos de inversión incluidos en los planes anuales de inversión en el extranjero de las empresas centrales. Si hay alguna objeción a un proyecto de inversión en el extranjero, SASAC deberá emitir opiniones escritas a la empresa en el momento oportuno. Artículo 9 Para proyectos de inversión clave en el negocio principal que no están incluidos en el plan anual de inversiones en el extranjero de las empresas centrales y requieren nuevas incorporaciones, las empresas centrales deberán informar a SASAC para su presentación después de completar los procedimientos internos de toma de decisiones de inversión. De existir alguna objeción al proyecto, SASAC deberá emitir un dictamen escrito a la empresa dentro de los 20 días hábiles. Artículo 10 En principio, las empresas centrales no pueden realizar inversiones comerciales complementarias en el extranjero. Si existen motivos especiales de inversión, deberán ser aprobados por SASAC. Las empresas centrales deben presentar los siguientes materiales de aprobación a SASAC:
(1) Solicitud de aprobación de inversión empresarial no principal;
(2) Documentos relevantes para la toma de decisiones de las empresas centrales sobre proyectos de inversión empresarial no principales;
(3) Informes de estudios de viabilidad, diligencias debidas y otros documentos relacionados para proyectos de inversión no principales;
(4) Evaluación de riesgos, control de riesgos y gestión de riesgos de proyectos de inversión no principales Informe de prevención;
(5) Otros materiales necesarios.
La Comisión de Administración y Supervisión de Activos de Propiedad Estatal, de acuerdo con las leyes, reglamentos y reglamentos pertinentes sobre supervisión de activos de propiedad estatal, examina principalmente la necesidad de implementar proyectos de inversión empresarial no principal, el grado de impacto sobre la estrategia de desarrollo de la empresa y el desarrollo comercial principal, y la tolerancia a la inversión y la capacidad de control de riesgos de la empresa y emitir opiniones por escrito dentro de los 20 días hábiles. Artículo 11 Durante la implementación de proyectos de inversión clave, las empresas centrales deberán informar a SASAC de manera oportuna cuando ocurran circunstancias importantes como cambios sustanciales en el contenido del proyecto, ajustes importantes en los montos de inversión o cambios importantes en la estructura de capital de los objetos de inversión. Artículo 12 De conformidad con las regulaciones nacionales pertinentes sobre gestión de inversiones en el extranjero, para proyectos de inversión en el extranjero que requieren decisión y aprobación (verificación) por parte de los departamentos pertinentes del Consejo de Estado, las empresas centrales también enviarán una copia de los documentos de aprobación pertinentes a SASAC. . Artículo 13 Las empresas centrales implementarán estrictamente procedimientos internos de toma de decisiones, realizarán estudios de viabilidad de proyectos y diligencia debida, aprovecharán plenamente el papel de los intermediarios sociales y consultores financieros, legales y otros consultores profesionales nacionales y extranjeros, y mejorarán la calidad de las decisiones de inversión en el extranjero. -haciendo.