¿Por qué es difícil imponer la pena de muerte en casos de asesinato que involucran disputas matrimoniales y familiares?
Análisis legal
El derecho penal de mi país implementa la política de mantener la pena de muerte, matar decididamente menos y prevenir el homicidio involuntario. Debemos aplicar la pena de muerte con mucho cuidado y mantener al mínimo las posibilidades de ejecución inmediata. Sobre esta base, la pena de muerte sólo es aplicable a delincuentes cuyos delitos sean extremadamente graves, es decir, aquellos cuyos delitos sean particularmente perjudiciales para los intereses del país y del pueblo y cuyas circunstancias sean particularmente atroces. En los casos de homicidio que involucran disputas matrimoniales y familiares, primero se deben considerar los motivos, propósitos y medios criminales del perpetrador. En los casos de homicidio que involucran disputas matrimoniales y familiares, los métodos generalmente no son crueles y los motivos y propósitos se forman mediante acumulación a largo plazo. En segundo lugar, se debe considerar el grado de culpa del perpetrador; Si el autor es obligado o obligado a hacerlo por la otra parte durante un tiempo prolongado y la culpa es de la víctima, en este caso no se impondrá la pena de muerte. Si el autor mata a la persona con otros fines ilegales y el método es extremadamente cruel, se puede considerar inmediatamente la pena de muerte. La cuestión en sí es discutible y hay que tener cuidado al aplicar la pena de muerte en casos penales que implican disputas familiares.
Base Legal
Artículo 260 de la "Ley Penal de la República Popular China" Quien abuse de miembros de su familia, si las circunstancias son graves, será condenado a pena de prisión de duración determinada de no más de dos años, detención penal o vigilancia pública. El que cometa el delito del párrafo anterior y cause lesiones graves o la muerte, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de dos años ni mayor de siete años. El delito previsto en el párrafo 1 sólo se abordará si la víctima no puede presentar una queja o no puede hacerlo debido a coerción o intimidación. Artículo 260-1 Quien abuse de los pupilos, de los ancianos, de los enfermos o de los discapacitados, si las circunstancias son graves, será condenado a pena de prisión determinada no superior a tres años o a prisión penal. Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, será multada y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. Si las conductas enumeradas en el apartado 1 se cometen y constituyen al mismo tiempo otros delitos, el infractor será condenado y castigado de conformidad con las disposiciones sobre penas más severas.